sábado, 27 de junio de 2009

Tlachinollan denuncia el atentado contra Margarita Martín de las Nieves y Santiago Ponce, viuda y hermano de Manuel Ponce Rosas.


Tlachinollan
Centro de Derechos Humanos de la Montaña

1. Contexto

El 9 de abril de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte) otorgó medidas provisionales a 107 defensores de derechos humanos del estado de Guerrero, en su mayoría indígenas, por considerar que se encuentra en grave riesgo su integridad física.

El día 22 de junio de 2009, miembros del Centro de Derechos Humanos “Tlachinollan” sostuvieron una reunión con funcionarios de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal en Chilpancingo, Guerrero, para solicitar una vez más la implementación de medidas de seguridad y protección concretas a favor de las y los beneficiarios de medidas otorgadas por la Corte. En la misma se solicitó especialmente implementar medidas de protección para las indígenas Margarita Martín de las Nieves y Guadalupe Castro Morales, viudas de Manuel Ponce Rosas y Raúl Lucas Lucía —quienes fueron ejecutados extra-judicialmente en febrero de 2009 y cuyo crimen permanece impune—.

En la reunión del 22 de junio, participaron además funcionarios de la Secretaría de Gobernación, de la Secretaría de Relaciones Exteriores y de la Secretaría de Seguridad Pública Federal. Tal como se puede corroborar en la minuta correspondiente —firmada por todos los funcionarios presentes— la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guerrero se comprometió a realizar dos rondines diarios, uno por la mañana y uno por la noche, en los domicilios de Margarita y Guadalupe, a partir del día 24 de junio, así como acompañamientos policíacos en sus traslados. Para concretar tales medidas de protección, las indígenas beneficiarias, las y los integrantes del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan e integrantes de la Secretaría de Seguridad Pública acordaron confluir a las once de la mañana del día 24 en las oficinas de Tlachinollan ubicadas en la calle Álvarez número 20, barrio de la Villa, de la ciudad de Ayutla de los Libres, Guerrero.

2. Hechos.

El 24 de junio de 2009, Urbano Palacios García comandante del primer sector de la región Costa Chica de la policía preventiva estatal se presentó a las 11:30 en las oficinas de Tlachinollan de Ayutla para acordar con Guadalupe Castro Morales y Margarita Martín de las Nieves el inicio de rondines en los domicilios de las mujeres indígenas.

Abel Barrera, director de Tlachinollan, solicitó expresamente al Comandante Urbano Palacios y a las autoridades policíacas del estado que hicieran el acompañamiento de Margarita a su comunidad llamada La Cortina, una vez que terminaran las reuniones que tenían planeadas, a fin de garantizar la seguridad de Margarita en el traslado a su domicilio y poder conocer además la ubicación del mismo para comenzar con los rondines que entrarían en vigor el 24 de junio. El comandante Palacios acordó realizar el acompañamiento y le pidió a los beneficiarios que llamaran a su celular a la hora en que la Señora Margarita se fuera a trasladar de Ayutla a La Cortina.

Es importante señalar que ese día, Guadalupe y Margarita se reunieron en Ayutla durante la mañana y la tarde con el Fondo Para la No Violencia, y con funcionarios de las embajadas de Estados Unidos y de Canadá para testificar sobre la situación de riesgo y amenazas que viven, así como sobre el caso de sus esposos Raúl Lucas Lucía y Manuel Ponce Rosas, ejecutados extra-judicialmente en febrero de 2009, y cuyo casos permanecen impunes.

A partir de las 13 horas hasta aproximadamente las 19 horas, miembros de Tlachinollan llamaron reiteradamente a los teléfonos proporcionados por el comandante Palacios pero todos se encontraban fuera del área de servicio. El Comandante Palacios tampoco se presentó nuevamente en la oficina de Tlachinollan como se había acordado y como los teléfonos que proporcionó no servían, Margarita tuvo que emprender el regreso a su comunidad antes de que anocheciera, sin acompañamiento policíaco y sin que se realizara el rondín nocturno en su casa, al que se habían comprometido, según consta en la minuta de reunión entre los beneficiarios y el Estado mexicano de fecha 23 de junio de 2009.

A las 16:30 horas, MARGARITA MARTIN DE LAS NIEVES salió de la oficina de Tlachinollan y se dirigió en compañía de su cuñado de nombre SANTIAGO PONCE LOLA y su cuñada MODESTA LAUREANO PETRA, todos ellos miembros de la Organización para el Futuro del Pueblo Mixteco (OPFM), hacia la comunidad de la Cortina, donde habita con sus hijos.

Cuando se trasladaban a bordo de una camioneta Ford tipo pick up, siendo aproximadamente las 17:30 horas al pasar por la comunidad de la Fátima, precisamente en el crucero de Ocotlán, Margarita y Santiago vieron del lado izquierdo a una distancia de aproximadamente 3 metros, a un hombre agachado sobre el bordo de un cerro a orilla de la carretera donde ellos transitaban. El hombre estaba apuntándoles con un arma larga, al parecer escopeta 12 o 16, y éste jaló el gatillo una vez sin darles.

La persona vestía playera negra, sombrero negro y un pañuelo negro que le cubría la cara. Cuando Margarita, Santiago y Modesta se percataron de la presencia de este hombre, Santiago, que conducía la camioneta, aceleró y el individuo les tiró dos disparos más en dirección de Santiago y de Margarita. Cuando la persona que disparó se percató que había fallado en su disparo porque al parecer la pistola se encasquilló, se levantó y los siguió con la intención de poderlos alcanzar y dispararles más de cerca. Por fortuna, aceleraron y lograron escapar y salieron ilesos del atentado.

Es importante mencionar que como parte de las medidas provisionales, el Estado Mexicano había provisto de un teléfono satelital a Margarita el 1º de junio de 2009, que sin embargo no funciona actualmente por lo que no pudo ser utilizado para comunicar esta emergencia.

El Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan” condena este intento de asesinato en contra de los defensores indígenas y solicita al Estado Mexicano implementar sin dilación medidas de seguridad y protección, de acuerdo con lo dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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