Rabietas en la pantalla
JESúS CANTú
Los concesionarios de radio y televisión, sobre todo Televisa y TV Azteca, se oponen de manera rotunda a la reforma electoral que limita la publicidad en este rubro a los tiempos de Estado. Con esta modificación a la ley dejan de percibir varios miles de millones de pesos que cada tres años ingresaban a sus arcas por concepto de propaganda de los precandidatos y candidatos a los puestos de elección popular, así como de terceros interesados que compraban espacios para incidir en la intención de voto.
Cuando esa reforma todavía se discutía en el Senado, a finales de 2007, el duopolio intentó bloquearla; una vez promulgada, interpuso recursos para evitar su cumplimiento e, incluso, se negó a transmitir las primeras pautas programadas por el Instituto Federal Electoral (IFE).
En el marco de su campaña opositora, estas televisoras han intentado generar animadversión en contra de partidos políticos, de la autoridad electoral, del Congreso de
A fin de hacer patente su rebeldía, los concesionarios decidieron interrumpir las transmisiones de los encuentros durante el tiempo de juego o demorar el enlace en el caso del futbol americano, para difundir en bloque los promocionales ordenados por el IFE (los institucionales de la autoridad electoral y los correspondientes a partidos políticos). Al inicio del segmento colocaron un escueto mensaje en el cual señalaban que la transmisión de dichos anuncios se realizaba por instrucción de la autoridad electoral, y en cumplimiento de disposiciones legales.
Los televidentes, sabedores de que mientras se transmitían esos mensajes los partidos continuaban con su desarrollo normal, no se explicaban qué estaba ocurriendo. De esta manera, los concesionarios buscaron que el público repudiara las nuevas disposiciones legales.
Estas acciones las realizaron con pleno conocimiento de causa y un minucioso análisis de la normatividad; ubicaron las lagunas jurídicas que les permitían desarrollar su operación con el mínimo riesgo de ser sancionados.
La irresponsabilidad de los legisladores, que todavía no culminan el proceso legislativo que se desprende de la reforma constitucional, le permite al duopolio acotar las eventuales sanciones a multas que en ningún caso podrán superar los 10 mil días de salario mínimo equivalentes a casi 5 millones 300 mil pesos.
Además, las televisoras descubrieron que la autoridad electoral incurrió en un error que modificó la redacción de sus acuerdos y eliminó considerandos e incluso puntos de acuerdo que impedían a los concesionarios realizar maniobras como las que realizaron.
En el acuerdo ACRT/002/2008 aprobado en la cuarta sesión del Comité de Radio y Televisión del IFE, que se realizó los días 27 de febrero y 3, 6 y 7 de marzo de 2008, se establecieron las primeras pautas de transmisión de los tiempos de Estado que les corresponden a los partidos políticos nacionales en las estaciones de televisión que operan desde el Distrito Federal.
Así mismo, se incluyeron un considerando y un punto de acuerdo que señalaba: “Se establece un rango de transmisión de veinticinco minutos previos y veinticinco minutos posteriores a los horarios previstos en las pautas de transmisión, con el objeto de que las estaciones concesionarias de televisión cumplan las obligaciones que hayan adquirido con terceros con anterioridad a la aprobación de este Acuerdo”.
En acuerdos posteriores ya no aparece el punto de acuerdo, pero sí el considerando con ligeras variaciones en su redacción. Por ejemplo, en el acuerdo ACRT/011/2008, señalaban en su considerando número 33: “Que el esquema de distribución de transmisiones de las pautas se basa en horarios, sin precisar minutos y segundos, lo que permite el cumplimiento de las obligaciones que los concesionarios hayan adquirido con anterioridad a la aprobación de este Acuerdo y la continuidad de los programas que se transmiten en las emisoras de radio y televisión, al tiempo que garantiza a los partidos políticos nacionales el uso de sus prerrogativas constitucionales en los horarios elegidos por el Comité de Radio y Televisión, referenciados en las pautas de transmisión”.
En todos los casos también se incluían considerandos y puntos de acuerdo que reproducían las disposiciones establecidas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y en el Reglamento de Acceso a Radio y Televisión en Materia Electoral que señalan con claridad que los concesionarios y permisionarios deben garantizar que las transmisiones se efectuarán conforme a las pautas, y que les prohíbe alterarlas o exigir requisitos técnicos adicionales a los autorizados por el comité.
Sin embargo, en el acuerdo ACRT/022/2008 aprobado el 19 de diciembre de 2008, que es precisamente el que establece las pautas para los mensajes que se transmitirán dentro de las precampañas electorales, del 31 de enero al 11 de marzo de 2009, se elimina del texto de los considerandos y los puntos de acuerdo de dicho texto, pero se mantiene el considerando que señala: “Que las pautas aprobadas por el Comité de Radio y Televisión no podrán ser modificadas o alteradas por los concesionarios y permisionarios de radio y televisión, así como tampoco podrán exigir mayores requisitos técnicos a los aprobados por el mismo Comité, como lo señalan los artículos 74, párrafo 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 36, párrafo 5 del Reglamento de Acceso a Radio y Televisión en Materia Electoral”.
La modificación en el texto del acuerdo fue el pretexto que los concesionarios esperaban para instrumentar una nueva acción en su desafío al Estado mexicano. Aunque en estos momentos la batalla parezca enfrentar a los concesionarios con el IFE, la intención de éstos consiste en derogar las disposiciones que les impiden incrementar sus pingües utilidades con los miles de millones de pesos que obtenían con la publicidad electoral. Y, como demostró la fallida Ley Televisa, recuperado el terreno perdido volver a la ofensiva en un intento por acrecentar su poder y sus privilegios.
Los concesionarios se valen del control de la pantalla para desaparecer a los políticos que se oponen a sus designios, promocionar a quienes les son afines, y en este caso generar irritación en contra de autoridades electorales y partidos políticos nacionales. La autoridad, pero no sólo ella, tiene que responder con una lectura igualmente acuciosa y precisa de la ley a fin de encontrar las normas para sancionarlos, pero sobre todo demostrar firmeza y decisión para no sucumbir ante sus pretensiones. El de las televisoras es otro de los poderes fácticos que actúan en contra de la democracia en México y vulneran la vigencia del estado de derecho.