Fuente: La Jornada de Michoacán
Provoca abuso sobre recursos naturales erosión y degradación en 80% del territorio estatal
Federación y estados implementan programa específico para la conservación de la biodiversidad
EDUARDO FERRER
A pesar de que el estado cuenta con 30 áreas naturales protegidas (ANP) que cubren una superficie de poco más de 13 mil 454 hectáreas, el deterioro ambiental, así como la inconciencia y abuso de los michoacanos sobre los recursos naturales han provocado que más de la mitad del territorio del estado haya cambiado su uso de suelo; que el 80 por ciento de los suelos presenten al menos un grado de erosión y degradación; que el 70 por ciento de los cuerpos de agua superficiales estén contaminados y que el 30 por ciento de las masas boscosas que aún permanecen padezcan algún grado de perturbación.
El cambio de uso de suelo está generando daños ambientales irreversibles, ya que las tasas de deforestación alcanzan las 100 mil hectáreas de bosque en los últimos 20 años. Uno de los casos más graves es el del Pico de Tancítaro, cuyas 29 mil hectáreas fueron decretadas Parque Nacional por el ex presidente Lázaro Cárdenas en 1940; en Morelia, existen más de 26 mil hectáreas erosionadas como resultado del cambio de uso de suelo para actividades agrícolas y la instalación de conjuntos habitacionales.
Las consecuencias que podrían generar la erosión y degradación del 80 por ciento del territorio michoacano son la disminución de la flora y fauna esencial en los ciclos de materia y energía de los ecosistemas, la proliferación de especies oportunistas, una pérdida progresiva de la fertilidad –lo cual induce a los agricultores a incrementar el uso de fertilizantes que podrían derivar en la inutilización total del suelo para cultivo–; entre las consecuencias socioeconómicas destaca al aumento de los costos de mantenimiento y alimentación del ganado por falta de pastos, la disminución del rendimiento agrícola y, por ende, el desplazamiento de la población rural hacia las ciudades debido al empobrecimiento de sus comunidades.
Para enfrentar esta situación los gobiernos federal y estatales establecieron el programa de ANP, “un instrumento de política ambiental con mayor definición jurídica para la conservación de la biodiversidad”, de acuerdo con la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas (Conanp).
Para el establecimiento de las ANP, la Ley Ambiental y de Protección del Patrimonio Natural del estado de Michoacán establece tres categorías: reservas estatales, zonas de preservación ecológica de los centros de población y parques estatales (equivalente a parque natural, reservas patrimoniales y zonas sujetas a preservación ecológica).
De acuerdo con la secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente (SUMA), la loma de Santa María pertenece a esta última categoría. No obstante, para la Conanp el estatus jurídico de la loma es desconocido, ya que el ex presidente José López Portillo levantó la veda que en 1936 la había categorizado como Zona Protectora Forestal.
Para la titular de SUMA, Catalina Rosas Monge, esta situación podría derivar en la modificación del decreto para que se pueda valorar el proyecto de vialidad que tanto el gobierno del estado como la administración municipal contemplan para esa zona de la ciudad.
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