jueves, 2 de julio de 2009

ONG acudirán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para legalizar el aborto


Fuente: La Jornada de Oriente

MARTÍN HERNÁNDEZ ALCÁNTARA

Ante la negativa de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CEDH) de participar en la controversia constitucional por la violación de garantías esenciales para la mujer, a la que le convocaron diversas organizaciones no gubernamentales, las asociaciones activistas acudirán a la Corte Interamericana en la materia (CIDH) para que esa instancia las auxilie en el litigio.

Catalina Pérez Osorio, representante del Colectivo de Mujeres por la Democracia, dijo que en la respuesta a la solicitud de las organizaciones, la presidente de la CEDH, Marcia Maritza Bullen, evadió su responsabilidad de comportarse neutral ante una solicitud ciudadana y asumió una actitud francamente cargada hacia el sector social y político que defiende la penalización del aborto.

En ese sentido, agregó, queda claro que la ombudsman optó por respaldar el criterio seguido por el Congreso local para imponer un criterio ideológico, en este caso el del Partido Acción Nacional (PAN), como ley.

Agregó que la respuesta de Bullen Navarro es deficiente en los términos jurídicos más elementales, pero aun así la presidente de la CEDH reconoce que debió generarse un debate más amplio y profundo sobre la despenalización del aborto, lo cual, abundó Pérez, no sucedió porque el Poder Legislativo no cumplió con su función.

Las carencias y contradicciones de la respuesta de Bullén a las ONG, agregó Pérez Osorio, quedan expuestas de inmediato, pues laombudsman centra su argumentación en la prohibición del aborto y la llamada “defensa de la vida”, cuando las organizaciones la convocaron a defender las garantías que fueron suprimidas a las mujeres en la Constitución poblana.

Argumentación

En su solicitud, las organizaciones no gubernamentales hacen referencia al derecho internacional y nacional en materia de derechos de las mujeres para demostrar que la reforma a la constitución local para prohibir la despenalización del aborto es ilegal

En su parte final, argumentan: “Podemos, de manera indubitable, afirmar que la interpretación que hicieron los legisladores locales sobre los fundamentos que expusieron en la iniciativa de dicha reforma (...) es totalmente ilegítima, respaldada sólo por posturas ideológicas doctrinarias fuera de la interpretación constitucional, contrariando los criterios establecidos por el máximo intérprete de la ley fundamental; es decir, el pleno de la Suprema Corte, pues hasta ahora, debido al control constitucional concentrado dispuesto por nuestra Carta Magna, es el facultado constitucionalmente para interpretar en última instancia los preceptos constitucionales y determinar el sentido y alcance de sus textos, incluyendo los tratados internacionales, esto con fundamento en los artículos 76, fracción XVIII, 94, 94, 96, 97, 98 y 110 de nuestra Constitución Federal, así como en la Ley Orgánica del Poder judicial de la Federación, en la cual se reglamentan los diversos aspectos relacionados con sus atribuciones”.

“Por lo tanto, consideramos que los legisladores se excedieron en sus facultades legislativas porque no atendieron a la interpretación constitucional, que es la única forma jurídicamente válida para determinar el sentido y alcance de los textos constitucionales, y por lo tanto podemos afirmar que su argumentación está viciada de ilegitimidad y prejuicios. Que corresponde a un defensor de derechos humanos defender las garantías establecidas en nuestra Carta Magna y no encasillarse en lo que algunas corrientes doctrinarias dogmáticas creen interpretar a la luz de su sentido común, usurpando el papel de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que usted también está obligada a respetar y a hacer respetar.

“Por lo anterior, exigimos que en ejercicio de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 105 de nuestra Carta Magna, y en congruencia con lo anteriormente expuesto promueva en tiempo y forma las correspondientes acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación e impulse con ello la observancia de los derechos humanos en el país.

“Doble moral”

Cabe recordar que a principios de este año, cuando se discutió la ley sobre la despenalización del aborto, el titular de la Secretaría de Salud, Antonio Marín López, señaló que en el estado de Puebla todas las clínicas y hospitales de la dependencia podrían dar el servicio médico porque cuentan con equipo y personal capacitado para realizar la interrupción del embarazo.

Según los datos del Colegio de Bioética en México, de 1990 a 2005, Puebla, el estado de México, Chiapas, Guerrero y Veracruz fueron las cinco entidades del país que concentraron casi el 60 por ciento de muertes por aborto, y la mayoría fue por realizarse en condiciones insalubres, debido a que en todos los estados, excepto el Distrito Federal, la interrupción del embarazo es ilegal.

En el estado, la Secretaría de Salud (Ssa) no tiene estadísticas sobre el número de abortos que se realizan anualmente. Los únicos datos que hay son las estimaciones del Consejo Nacional de Población (Conapo). Según el organismo, por cada cinco poblanas embarazadas en su periodo de fertilidad (15 a 49 años), una de ellas se practicó al menos un aborto

En su momento, el titular de la Ssa omitió dar una opinión acerca de si es necesario o no legalizar el aborto, y sólo se limitó a decir que es una decisión personal de la mujer.

Consideró que en este momento existen otros males prioritarios en el estado, como el dengue, los casos de piquete de alacrán, las parasitosis, diarreas y enfermedades respiratorias que necesitan más atención que el aborto.

La Organización Mundial de la Salud (OMS), la asociación civil Ipas y el Colegio de Bioética señalan que las restricciones legales al aborto aumentan el número de muertes maternas respecto a los lugares donde esta práctica es legal.

La agrupación civil Ipas, promotora del respeto a los derechos reproductivos, dice que en los países donde está prohibida la interrupción del embarazo la frecuencia de muertes en mujeres por esta causa se eleva a 30 por cada mil, mientras que en los lugares donde la ley si lo permite hay menos de un fallecimiento por cada mil.

Arnoldo Kraus, profesor de posgrado en la Facultad de Medicina en la UNAM y miembro del Colegio de Bioética, en un debate realizado en la casa máxima de estudios en el país a principios de 2008 titulado “Aborto, un debate abierto”, cuya copia de la memoria obra en poder de este diario, informó que la tasa de mortalidad materna en 2005 en México fue de 65 mujeres por cada 100 mil, y que la tasa anual promedio de hospitalización por esta causa fue de 5.8 por cada mil mujeres de 15 a 49 años de edad.

Indicó que las leyes restrictivas ocasionaron en 2003 66 mil 500 muertes en el mundo: 36 mil en el continente africano, 28 mil 400 en Asia, 2 mil en América Latina y mil 400 en América del Sur.

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