México, DF, a 26 de Noviembre del 2008.
Lic. Felipe Calderón Hinojosa
Presidente de la República
Santiago Cantón
Secretario Ejecutivo de la CIDH
Miguel Ángel Yunes Linares
Dirtector General del ISSSTE
Navanethem Pillay
Alta Comisionado de la ONU
La Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos A.C. (Limeddh), la Fundación Diego Lucero A.C., el Comité de Derechos Humanos de las Huastecas y Sierra Oriental (CODHSSO), la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Victimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México (AFADEMFEDEFAM), el Centro de Derechos Humanos Coordinadora 28 de Mayo A.C., la Asociación de Derechos Humanos del Estado de México (ADHEM), la Asociación para la Defensa de los Derechos Humanos y la Equidad de Género (ADDHEG), la Asociación Mexicana de Asesores en Derechos Humanos (AMADH), la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), el Centro Nacional de Comunicación Social (CENCOS), con domicilio para recibir comunicaciones en Calle Tehuiztitla primera cerrada No 44, Colonia Los Reyes, Delegación Coyoacan 04330 México D. F., con número telefónico y Fax: 58461045, enlace.limeddh@gmail.com, solicitamos SU INTERVENCION ANTE LA PROBABLE VIOLACION AL DERECHO A LA EDUCACION DE LOS ESTUDIANTES DE LA ESCUELA DE ENFERMERIA DEL ISSSTE, AL DERECHO AL TRABAJO DEL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE DE LA ESCUELA, Y POR CONSECUENCIA AL DERECHO A LA SALUD DE LA POBLACION.
HECHOS
El día lunes 24 de noviembre, los alumnos y maestros de la Escuela de Enfermería del ISSSTE protestaron su descontento en frente de sus instalaciones por el cierre de la Escuela.
En la Nueva Ley del ISSTE que fue aprobada e implementada, la Escuela de Enfermería ha desaparecido de dichos documentos y el ISSSTE está procediendo a retomar el control total de las instalaciones que ocupa la Escuela de Enfermería, a cargo de una Asociación Civil con el mismo nombre. Hasta antes de la Nueva Ley del ISSSTE, la Escuela de Enfermería, era reconocida como la que desempeñaba un "papel fundamental en la vida del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (…), con la misión de formar y desarrollar recursos humanos en enfermería (…), con la perspectiva de ser un Centro Nacional de Educación, Investigación y Desarrollo en Enfermería, (…), que genere conocimientos e innovación sustentado en programas de investigación y desarrollo humano, acorde a las perspectivas del Instituto, del Sistema Nacional de Salud y de las necesidades sanitarias de la población".
El gobierno están realizando el desmantelamiento de la institución, por lo cual, el ISSSTE declara de manera pública y directa, que puede prescindir de su Escuela de Enfermería; quien se encarga de brindar atención integral a la población. En concreto, nos preocupa la situación actual que se vive en México. El gobierno no se encargue de la salud de la población aunque sea de su responsabilidad. El desmantelamiento del ISSSTE y del IMSS lo demuestran por completo; así mismo, la creciente necesidad del gobierno de colocar en el terreno de la inversión privada los elementos estratégicos de los que el Estado solía hacerse cargo, como la salud, el petróleo o la educación. Podemos observar que al gobierno federal refrenda sus compromisos con las instituciones de salud privada y es por esto que necesita colocar en el terreno de la privatización al Sistema Nacional de Salud y sus instituciones formadoras.
Tomando en cuenta los artículos siguientes firmados y ratificados por México:
Respecto al derecho a la salud
Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos: “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud”.
Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”.
Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales:
“1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.
2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para: …d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad”.
Respecto al derecho a la educación:
Artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: «Toda persona tiene derecho a circular libremente.»
Artículo 19 de la "Declaración Universal de los Derechos Humanos": “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión."
Artículo 13 de la "Convención Americana sobre Derechos Humanos": “Libertad de pensamiento y de expresión” 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección y gusto
2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley
Y la Constitución mexicana:
Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.
Por lo anterior solicitamos:
El cumplimiento de su responsabilidad en cuanto al derecho a la salud de la población y en particular, a los miles de trabajadores del Estado y a sus familias.
El respeto al derecho a la educación de los alumnos y al trabajo de los maestros y personal no docente de la Escuela de Enfermería del ISSSTE.
Una justificación de su acción en cuanto a sus responsabilidades que demostraría la existencia de una alternativa a la Escuela de Enfermería del ISSSTE y a los servicios brindados por esta.
De manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Pactos y Convenciones Internacionales sobre Derechos Humanos y referentes a la protección de los Defensores de Derechos Humanos ratificados por México.
Direcciones:
Mandar sus comunicaciones con título: AU – 048 – 2008 – TEMOR ANTE LA VOLUNTAD DEL ESTADO DE CERRAR LA ESCUELA DE ENFERMERIA DEL ISSSTE.
con copia a enlace.limeddh@gmail.com, ,
Presidente FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA
Residencia Oficial de los Pinos Casa Miguel Alemán / Col. San Miguel
Chapultepec, C.P. 11850,
México DF / Tel: +52 (55) 27891100 / Fax: +52 (55) 52772376
felipe.calderon@presidencia.gob.mx
Miguel Ángel Yunes Linares
Director General del ISSSTE
Av. De la República 154 Tabacalera Cuauhtémoc, Distrito Federal
C.P.06030
mayunes@issste.gob.mx
Navanethem Pillay
Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
tb-petitions@ohchr.org
Representante en México de la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos
oacnudh@hchr.org.mx
Sr. Santiago Cantón
Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos
cidhoea@oas.org
Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de México en sus respectivos países. Con copia: enlace.limeddh@gmail.com,
Lic. Felipe Calderón Hinojosa
Presidente de la República
Santiago Cantón
Secretario Ejecutivo de la CIDH
Miguel Ángel Yunes Linares
Dirtector General del ISSSTE
Navanethem Pillay
Alta Comisionado de la ONU
La Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos A.C. (Limeddh), la Fundación Diego Lucero A.C., el Comité de Derechos Humanos de las Huastecas y Sierra Oriental (CODHSSO), la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Victimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México (AFADEMFEDEFAM), el Centro de Derechos Humanos Coordinadora 28 de Mayo A.C., la Asociación de Derechos Humanos del Estado de México (ADHEM), la Asociación para la Defensa de los Derechos Humanos y la Equidad de Género (ADDHEG), la Asociación Mexicana de Asesores en Derechos Humanos (AMADH), la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), el Centro Nacional de Comunicación Social (CENCOS), con domicilio para recibir comunicaciones en Calle Tehuiztitla primera cerrada No 44, Colonia Los Reyes, Delegación Coyoacan 04330 México D. F., con número telefónico y Fax: 58461045, enlace.limeddh@gmail.com, solicitamos SU INTERVENCION ANTE LA PROBABLE VIOLACION AL DERECHO A LA EDUCACION DE LOS ESTUDIANTES DE LA ESCUELA DE ENFERMERIA DEL ISSSTE, AL DERECHO AL TRABAJO DEL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE DE LA ESCUELA, Y POR CONSECUENCIA AL DERECHO A LA SALUD DE LA POBLACION.
HECHOS
El día lunes 24 de noviembre, los alumnos y maestros de la Escuela de Enfermería del ISSSTE protestaron su descontento en frente de sus instalaciones por el cierre de la Escuela.
En la Nueva Ley del ISSTE que fue aprobada e implementada, la Escuela de Enfermería ha desaparecido de dichos documentos y el ISSSTE está procediendo a retomar el control total de las instalaciones que ocupa la Escuela de Enfermería, a cargo de una Asociación Civil con el mismo nombre. Hasta antes de la Nueva Ley del ISSSTE, la Escuela de Enfermería, era reconocida como la que desempeñaba un "papel fundamental en la vida del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (…), con la misión de formar y desarrollar recursos humanos en enfermería (…), con la perspectiva de ser un Centro Nacional de Educación, Investigación y Desarrollo en Enfermería, (…), que genere conocimientos e innovación sustentado en programas de investigación y desarrollo humano, acorde a las perspectivas del Instituto, del Sistema Nacional de Salud y de las necesidades sanitarias de la población".
El gobierno están realizando el desmantelamiento de la institución, por lo cual, el ISSSTE declara de manera pública y directa, que puede prescindir de su Escuela de Enfermería; quien se encarga de brindar atención integral a la población. En concreto, nos preocupa la situación actual que se vive en México. El gobierno no se encargue de la salud de la población aunque sea de su responsabilidad. El desmantelamiento del ISSSTE y del IMSS lo demuestran por completo; así mismo, la creciente necesidad del gobierno de colocar en el terreno de la inversión privada los elementos estratégicos de los que el Estado solía hacerse cargo, como la salud, el petróleo o la educación. Podemos observar que al gobierno federal refrenda sus compromisos con las instituciones de salud privada y es por esto que necesita colocar en el terreno de la privatización al Sistema Nacional de Salud y sus instituciones formadoras.
Tomando en cuenta los artículos siguientes firmados y ratificados por México:
Respecto al derecho a la salud
Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos: “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud”.
Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”.
Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales:
“1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.
2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para: …d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad”.
Respecto al derecho a la educación:
Artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: «Toda persona tiene derecho a circular libremente.»
Artículo 19 de la "Declaración Universal de los Derechos Humanos": “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión."
Artículo 13 de la "Convención Americana sobre Derechos Humanos": “Libertad de pensamiento y de expresión” 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección y gusto
2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley
Y la Constitución mexicana:
Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.
Por lo anterior solicitamos:
El cumplimiento de su responsabilidad en cuanto al derecho a la salud de la población y en particular, a los miles de trabajadores del Estado y a sus familias.
El respeto al derecho a la educación de los alumnos y al trabajo de los maestros y personal no docente de la Escuela de Enfermería del ISSSTE.
Una justificación de su acción en cuanto a sus responsabilidades que demostraría la existencia de una alternativa a la Escuela de Enfermería del ISSSTE y a los servicios brindados por esta.
De manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Pactos y Convenciones Internacionales sobre Derechos Humanos y referentes a la protección de los Defensores de Derechos Humanos ratificados por México.
ATENTAMENTE
Por las organizaciones,
Dr. Adrián Ramírez López, Presidente
Por las organizaciones,
Dr. Adrián Ramírez López, Presidente
Direcciones:
Mandar sus comunicaciones con título: AU – 048 – 2008 – TEMOR ANTE LA VOLUNTAD DEL ESTADO DE CERRAR LA ESCUELA DE ENFERMERIA DEL ISSSTE.
con copia a enlace.limeddh@gmail.com, ,
Presidente FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA
Residencia Oficial de los Pinos Casa Miguel Alemán / Col. San Miguel
Chapultepec, C.P. 11850,
México DF / Tel: +52 (55) 27891100 / Fax: +52 (55) 52772376
felipe.calderon@presidencia.gob.mx
Miguel Ángel Yunes Linares
Director General del ISSSTE
Av. De la República 154 Tabacalera Cuauhtémoc, Distrito Federal
C.P.06030
mayunes@issste.gob.mx
Navanethem Pillay
Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
tb-petitions@ohchr.org
Representante en México de la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos
oacnudh@hchr.org.mx
Sr. Santiago Cantón
Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos
cidhoea@oas.org
Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de México en sus respectivos países. Con copia: enlace.limeddh@gmail.com,
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