miércoles, 22 de octubre de 2008

Sí hay quinto malo


Según las comisiones del Senado “se excluye” la privatización de Pemex pero sí habrá contratos, precisamente en la exploración y producción de hidrocarburos, fases principales del proceso de trabajo petrolero. Dicen que se respeta la Constitución pero se ratifica la privatización de la petroquímica “secundaria”, así como, de la distribución, transporte y almacenamiento de gas natural. También se ratifica el otorgamiento de permisos a los particulares en estos rubros.

No habrá desincorporación ni filiales

Este 20 de octubre, las comisiones de energía y de estudios legislativos del Senado avanzaron hacia la aprobación de la reforma energética al dictaminar favorablemente el quinto dictamen referido a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo (LRRP).

Nuevamente, el PAN, el PRI y el PVEM votaron a favor, mientas que, el FAP “se reservó”. Con 13 votos de los legisladores éstos señalaron que “se excluye la privatización de la industria petrolera”. Esto lo dijeron porque, el dictamen, “elimina la posibilidad de que capital privado participe en áreas estratégicas del sector, como en la refinación y la construcción de ductos y plantas de almacenamiento” (Becerril A., en La Jornada, 20 oct 2008).

Esta propuesta del PAN no quedó en el dictamen, asimismo, la propuesta del PRI que proponía “crear organismos filiales de Pemex fue retirada del dictamen”. Eso está muy bien porque, tanto el PAN como el PRI proponían la expropiación petrolera extranjera.

Pero el asunto no queda allí. Según los senadores, el dictamen “establece salvaguardas para impedir el otorgamiento de concesiones o la celebración de contratos de riesgo, como establece la Constitución”. ¿Eso dice la Constitución?

Contratos inconstitucionales

El párrafo sexto del artículo 27 constitucional establece. “Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radiactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva”.

La Constitución NO habla de contratos de riesgo sino que, claramente indica, que “no se otorgarán concesiones ni contratos”. Hay, entonces, una contradicción. Mientras la Constitución prohíbe tales contratos, la ley reglamentaria los permite. Esta ley NO puede estar por sobre la Constitución porque sería violatorio de lo indicado en el artículo 133 constitucional que establece la supremacía de la propia Constitución.

Los legisladores interpretan que la ley reglamentaria precisa a la Constitución. Cierto, pero es elemental que debe haber coherencia y congruencia. La Constitución indica que “la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos” (los hidrocarburos) “en los términos que señale la ley reglamentaria”. En ningún momento se dice que la ley deba otorgar los contratos que la Constitución prohíbe, se habla de la “explotación” de los hidrocarburos.

Algunos “expertos” del FAP han dicho que la Constitución se refiere a los “contratos de riesgo” no a todos los contratos. Sin embargo, parece que se trata de una interpretación legislativa porque, la Constitución habla de concesiones y contratos, en general, en ninguna parte se especifica que sean los “contratos de riesgos” o “incentivados” o “con candados”.

El dictamen señala que Pemex “podrá suscribir contratos de obras o de prestación de servicios con personas físicas o morales, y el pago será siempre en efectivo sin conceder derechos sobre la propiedad de los hidrocarburos”. También “estarán prohibidos los contratos que comprometan porcentajes de la producción o de las utilidades de la paraestatal, ni se incluyen derechos de preferencia o de producción compartida, denominados contratos de riesgo”.

Uno de los “candados” propuesto por el FAP fue rechazado. Fue el referente a “un candado adicional” para reafirmar que no se otorgará exclusividad a ninguna contratista.

De manera que, sí habrá contratos en materia de hidrocarburos. En eso están de acuerdo todos los partidos. Los “expertos” del FAP, en su iniciativa, señalaron que no había suprimido los contratos “por prudencia”. Consecuentemente, se enfocaron en los procedimientos o “candados” como le llaman. En su iniciativa, la única modificación fue indicar que se daría “preferencia a las personas físicas o morales de nacionalidad mexicana”. De allí el presente “acuerdo”.

Contratos para actividades estratégicas

Los senadores declaran, pero solamente declaran, que “corresponde a la nación el dominio directo, inalienable e imprescriptible de todos los hidrocarburos que estén en territorio nacional, incluidas la plataforma continental y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente en mantos o yacimientos”.

Si se trata del “dominio directo”, entonces, no tiene porqué autorizarse los contratos que serán en exploración y producción de petróleo crudo y gas natural asociado. Esto ya se viene haciendo al margen de la legalidad, ahora Pemex lo haría con base en lo dispuesto por la ley reglamentaria. ¡No estamos de acuerdo!

¿Cómo se haría lo anterior? Según el dictamen “Corresponderá a la Comisión Nacional de Hidrocarburos regular y supervisar la exploración y explotación petrolera, así como emitir las disposiciones y normas técnicas a que se sujetarán dichas actividades”. Para eso fue creada, y aprobada, esa comisión. La “regulación” que hará será “autorizar” los contratos y “vigilar” la exploración y producción. En términos de lo que acostumbran las transnacionales, los modelos de contratos NO le permiten al Estado ninguna “supervisión”, sino, apenas mirar desde lejos.

En la medida en que esos contratos están orientados a la exploración y explotación (producción) de hidrocarburos, el dictamen es inaceptable. La exploración y producción, incluyendo la perforación, son las fases más importantes del proceso de trabajo petrolero. Eso, NO acepta interpretaciones legislativas. El proceso de trabajo está determinado por las materias primas, jamás por interpretaciones legislativas. No se trata de contratos cualesquiera sino de contratos para realizar las actividades “estratégicas” que, constitucionalmente, solamente pueden ser realizadas por el Estado de manera exclusiva.

Este dictamen del Senado es violatorio de la Constitución, independientemente del nombre con se denomine a esos contratos, y de los “candados” legislativos.

Convenios inconstitucionales

En el quinto dictamen “se aprobó que Pemex no se someta a la jurisdicción de tribunales foráneos en contratos de obras y servicios brindados en el país por empresas extranjeras, aunque se reconocen arbitrajes basados en convenios internacionales suscritos por México”.

Volvemos a reiterar que se trata, contradictoriamente, de lo mismo. En una primera parte, Pemex “no se someterá” a la jurisdicción de tribunales internacionales. ¡Correcto! Pero esto, se contradice enseguida, al señalar que “se reconocen arbitrajes basados en convenios internacionales”. Los senadores se refieren a las reglas de arbitraje emitidas por la Cámara de Comercio Internacional cuyas decisiones son “obligatorias” para las Partes contratantes.

Pero, ¿desde cuándo “los convenios” pueden estar por sobre la Constitución? Ni tratados ni convenios pueden violar a la Constitución. El “acuerdo”, entonces, es apenas parcial.

Proceso de trabajo fragmentado

Ninguna de las iniciativas de los partidos políticos abordó lo concerniente al proceso de trabajo con los hidrocarburos y su integración. El FAP considera “integración” a la existencia de un solo organismo, sin subsidiarias ni filiales. Y, ¿Pemex Internacional y sus más de 40 filiales? Esa es, en todo caso, la parte administrativa del problema pero, persiste la omisión a la parte industrial. No basta la existencia de un solo organismo que realiza solamente una parte del proceso de trabajo.

La fragmentación de este proceso no es de ahora pero, se oficializó por el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Norteamérica, en el capítulo sobre Energía y Petroquímica Básica. Eso no lo objetó ningún partido; al contrario, ahora, se ratifica en el quinto dictamen. Con ello, el TLC que debiera ser desechado, también se ratifica.

En consecuencia, se avalan las contrarreformas de 1995, 1996 y 2006 a la Ley reglamentaria. De acuerdo a esas reformas, se asumió la división “legislativa” que artificialmente separó a la petroquímica “básica”, a la que concedió solamente nueve productos (que el FAP propuso extender a 10 para incluir al etileno), y a la petroquímica “secundaria”, en la cual puede participar el sector privado y así lo hace, encargándose las transnacionales de la elaboración de los cientos de productos petroquímicos restantes.

De acuerdo a esas reformas, los legisladores acordaron que el transporte, distribución y almacenamiento de gas natural, y la distribución y transporte de gas natural, NO son parte de la industria petrolera. Con ello, asumieron que el gas natural NO es un hidrocarburo cuando es sabido que el gas natural está compuesto en un 95% por metano, mismo que constituye la molécula más sencilla de un hidrocarburo.

A la fecha, mediante 200 permisos privados, otorgados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), esas actividades relacionadas con el gas natural son privadas. Las transnacionales se han repartido el territorio nacional en 15 regiones geográficas y ocupan ya a casi todo el país. Pemex les suministra el gas que NO se produce en cantidades suficientes y las corporaciones abastecen a los usuarios con tarifas y precios cada vez más caros.

En el quinto dictamen, todos los partidos avalan que esa privatización furtiva continúe. Ni siquiera la discutieron, porque se sujetaron a lo dispuesto por el TLC. Eso es inconstitucional porque ningún tratado puede estar por sobre la Constitución y menos cuando “define” a conveniencia al proceso de trabajo energético.

Eso es tan grave como lo que ocurre en materia eléctrica que, bajo las “definiciones” del TLC, ha llevado a que el 48.3% de la capacidad de generación eléctrica, total a nivel nacional, ya esté en manos de las transnacionales y sus filiales. El mecanismo ha sido el otorgamiento de permisos privados, a cargo de la CRE, con base en las inconstitucionales reformas de 1992 a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y lo establecido por el TLC en el anexo 602.3.

Continuará la privatización furtiva

Al ni siquiera haber discutido el asunto, los legisladores de todos los partidos ratificaron que continúe la privatización energética furtiva. En el quinto dictamen “las comisiones del Senado clasificaron como de utilidad pública la construcción de ductos y de plantas de almacenamiento, aunque el sector privado puede participar en el servicio de transporte y distribución de gas por medio de tuberías”. Es decir, ratificaron las contrarreformas de 1995 a la LRRP.

No nada más, las corporaciones podrán seguir apropiándose de la infraestructura petrolera. Así como, en materia eléctrica, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) está obligada por la CRE a “prestar el servicio a los permisionarios” de las redes de transmisión y distribución eléctrica, en el caso de Pemex, la CRE obliga a la paraestatal a “prestar el servicio” de la red nacional de gasoductos (RNG). El exceso ha llegado a tal nivel que, para utilizar su propia red de gasoductos, Pemex “debe” obtener un permiso (privado) de la CRE.

Al respecto, “el dictamen regula la participación de terceros en el transporte, el almacenamiento y la distribución de gas” lo que implica que los senadores avalan esa “regulación” que, en los hechos, es privatización y, ésta, continuará impunemente.

Se habla de sanciones a los permisionarios pero no se eliminó la participación privada. Los senadores se preocuparon porque los permisionarios “respeten el precio” o “entreguen la cantidad y calidad exacta de gas, productos refinados del petróleo, gasolina, diesel y petroquímicos básicos contratados” pero, en ningún momento, plantearon siquiera la inconstitucionalidad en que incurren esos permisionarios privados y la propia CRE. No por casualidad, al aprobar el cuarto dictamen, decidieron “fortalecer” a esa comisión cuando lo procedentes es desaparecerla.

Privatización inconstitucional

El FTE se congratula que las propuestas del PAN para privatizar “directamente” la refinación del petróleo crudo, la distribución, transporte y almacenamiento de productos petrolíferos y petroquímicos por medio de ductos, la construcción y vigilancia de éstos; así como, la pulverización de Pemex en multitud de filiales, propuesta por el PRI para luego contratar con terceros, se hayan omitido en el quinto dictamen.

Sin embargo, eso no elimina la privatización petrolera, ya que, al autorizar contratos en la exploración y producción de hidrocarburos se vulnera a la Constitución, cualquiera sea la denominación de los contratos y los “candados” interpuestos. Estos se refieren a procedimientos que calificará la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) para “regularlos” pero no respetan al texto constitucional y su contenido. Con esa “base”, el Consejo de Administración de Pemex, al que se incorporarían los “consejeros independientes”, podría simplemente solicitar el aval de la CNH, la que decidiría favorablemente. La CNH no es garantía de nada porque sus decisiones estarían basadas en disposiciones inconstitucionales.

Estamos, también, en desacuerdo con afirmar la “definición” del TLC sobre el proceso de trabajo petrolero. Con esas “definiciones” Pemex se encargará de realizar lo que “abarca” la industria petrolera, definida legislativamente, lo que corresponde a un proceso de trabajo fragmentado orientado a la privatización de varias fases de tal proceso. Es inaceptable que se ratifiquen las contrarreformas de 1995 a la LRRP. Eso significa avalar la privatización petrolera furtiva en marcha y que esta continúe impunemente a cargo de la también ilegal CRE.

¡Abajo el primero, el cuarto y el quinto dictamen de las comisiones del Senado! Por decoro político, el FAP tiene la obligación de oponerse a esos dictámenes. Lo hagan o no lo hagan los legisladores, la resistencia popular NO debe aceptar tales acuerdos.

Este martes 21 de octubre, el FTE realizará un mitin frente al Senado, de las 12 a las 14 hs., para expresar nuestro rechazo a la privatización energética furtiva. Invitamos a los interesados a participar en este evento. ¡La Constitución NO se negocia! Llamamos a los mexicanos (as) a manifestarse en sus propios lugares, con todas las acciones al alcance.

Frente de Trabajadores de la Energía, de México

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