miércoles, 22 de octubre de 2008

D1- Veneno de la privatización


El 16 de octubre de 2008, el pleno del Senado conoció “en primera lectura”, el dictamen de las comisiones de energía y de estudios legislativos que reforma y adiciona al artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Este dictamen es privatizador.

Confirmación del dictamen de 2007

Las reformas se refieren a las nuevas atribuciones que tendría la secretaría de energía (Sener).

Este dictamen corresponde al aprobado en el Senado un año antes, por todos los partidos políticos, con una votación de 94 votos a 0 (cero). Es el mismo que, en 2008, propusieron TODOS los partidos políticos en sus respectivas iniciativas de reforma energética. Así lo había venido señalando el FTE de México, desde el primer momento, y ahora se confirma.

En las Consideraciones del propio dictamen se indica que “el 17 de abril de 2007, la Cámara de Senadores aprobó un conjunto de cambios para fortalecer la capacidad de formular y conducir la política energética nacional”. Se agrega que, “sin embargo, dichas reformas, aprobadas por consenso, han quedado en espera (sic) en la Cámara de Diputados de una reforma energética integral como la que ahora se examina en el Senado”.

Se indica que, en los trabajos informativos y de discusión sobre este dictamen, la Secretaría de Energía mostró su acuerdo con los Senadores, respecto a la necesidad de mayores recursos legales”. La secretaría no solamente mostró acuerdo sino que adicionó varios aspectos.

La propuesta de dictamen votada en 2007 fue auspiciada y suscrita desde el 21 de diciembre de 2006 por 26 senadores, entre otros, Juan Bueno (PAN), Rubén Camarillo (PAN), Dante Delgado (Convergencia), Arturo Escobar (PVEM), Rosario Green (PRI), Francisco Labastida (PRI), Gustavo Madero (PAN), Jesús Murillo Karma (PRI), Arturo Núñez (PRD) y Graco Ramírez (PRD), los mismos que ahora dictaminan sobre la reforma energética.

Este 16 de octubre de 2008, el dictamen presentado al pleno del Senado se refiere al mismo de 2007, que incluye algunas adiciones nuevas pero conserva un conjunto de disposiciones inaceptables por privatizadoras e inconstitucionales. El contenido del dictamen confirma a plenitud lo señalado oportunamente por el FTE de México. En este dictamen está el veneno de la privatización energética furtiva y debe ser rechazado.

Tergiversación de conceptos

En las “consideraciones” del dictamen se dice que “todos los senadores ven con beneplácito que en la propuesta del Ejecutivo se considere que, para garantizar que las tareas de exploración y explotación sean consistentes con una política energética que maximice la renta petrolera para ésta y las futuras generaciones, es también indispensable fortalecer al Estado como rector de la industria petrolera”. Afortunadamente, esta parte NO tiene validez (legal) porque lo que se expresa no es preciso ni tampoco se indica en las propuestas específicas.

Después, se expresa una perversión conceptual. “El Ejecutivo subraya que es su responsabilidad (sic), por medio de la Secretaría de Energía, ejercer (sic) los derechos de la Nación en materia de petróleo, lo cual significa que el Poder Ejecutivo Federal deba asegurar el mejor aprovechamiento posible de los hidrocarburos en territorio nacional. Dicha perspectiva es, claramente, compartida por todas las iniciativas presentadas … es necesario dotar a la Secretaría de Energía con atribuciones adicionales y los instrumentos apropiados para ejercerlas cabalmente”.

¿De manera que el usurpador se identifica con la nación y cree que le corresponde asumir el dominio de ésta otorgado constitucionalmente? No es así, el dominio es de la nación, no es del Estado y menos del gobierno en turno, mucho menos, del Ejecutivo. Si así fuera, no sería necesaria ninguna Constitución ni siquiera Parlamento. Eso sería absolutismo medieval temprano.

Si en todas las iniciativas se comparte “dicha perspectiva”, eso no implica que sea correcto. Al contrario, en este dictamen, todos los partidos asumen una postura inconstitucional.

Proyecto de decreto

a) ¿Lo “bueno”?

El proyecto de decreto, publicado en la Gaceta del Senado, no. 274, de fecha 16 de octubre de 2008, consiste de un Artículo único, referido a reformar y adicionar al artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

“Artículo 33.- A la Secretaría de Energía corresponde …

“I. Establecer y conducir la política energética del país ….

“II. Ejercer (sic) los derechos de la nación en materia de petróleo, …. minerales radioactivos y …. energía eléctrica …”.

“III. Conducir y supervisar la actividad de las entidades paraestatales sectorizadas …

“V. Llevar acabo la planeación energética de mediano y largo plazos …

“VI. Integrar el Consejo Nacional de Energía …”.

Algunos políticos y expertos del FAP consideran que estas funciones son “un logro”; para el PAN y el PRI son un “acuerdo” que forma parte de pretensiones mayores. Para todos es aceptable que la Sener “ejerza los derechos de la nación en materia energética”. Eso es incorrecto porque los derechos son justamente de la nación y ésta NO es una abstracción sino que corresponde a la nación “viviente”. La “nación” NO es solamente la Sener y menos su burocracia en turno. El decreto debiera decir “Respetar y hacer respetar los derechos de la nación en materia de hidrocarburos, minerales radiativos, energía eléctrica, agua y demás recursos naturales”.

Integrar el Consejo Nacional de Energía “para realizar tareas de planeación energética” corresponde a una propuesta del FAP. Este Consejo estaría integrado por el titular de la Sener, los subsecretarios, el oficial mayor (sic), y los titulares de las entidades del sector energético y de la Comisión Nacional del Agua.

¿Esos burócratas, casi todos ellos enemigos de sus propias entidades a las que supuestamente dirigen, realizarán la planeación energética? Lo dudamos. Pero, lo más importante: ¿qué van a “planear”? si, al mismo tiempo, se propone la continuación de la privatización energética furtiva que, al menos, YA desnacionalizó a la industria eléctrica.

b) Lo que “era” de Pemex

Otras atribuciones que se le otorgarían a la Sener serían:

“IX. Aprobar los principales proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos …

“XVII. Proponer … la plataforma anual de producción de petróleo y de gas …

“XVIII. Establecer la política de restitución de reservas de hidrocarburos.

“XX. Registrar y dar a conocer … las reservas de hidrocarburos, conforme a los estudios de evaluación y de cuantificación, así como de las certificaciones correspondientes”.

¿Cómo haría la Sener estas funciones? A través de la Comisión Nacional de Hidrocarburos. Cinco burócratas definirán, desde el escritorio, la política a seguir por Pemex en materia de exploración y producción de los hidrocarburos.

Es decir, se trata de someter a Pemex “a la regulación” que impone “el mercado”. Este, mediante el control a esos “cinco” burócratas, sería el que aprobaría los “principales” proyectos, así como las plataformas de producción y exportación de hidrocarburos. En esa “regulación” estaría el control geopolítico energético de México.

Respecto a la cuantificación de reservas, la facultad de “registrar y dar a conocer” tales reservas es realmente poco porque la evaluación, cuantificación y certificación de las mismas las harán empresas extranjeras. Eso ocurre actualmente, las auditorías en curso que ha ordenado Pemex están a cargo de transnacionales.

c) Lo privatizador

Entre las atribuciones que se otorgarían a la Sener se indica:

“IV. Promover que la participación de los particulares en las actividades del sector sea en los términos de la legislación y disposiciones aplicables.

“VII. Otorgar, y en su caso, cancelar permisos y autorizaciones en materia energética, conforme a las disposiciones aplicables.

“XI. Regular y promover el desarrollo y uso de fuentes de energía alternas a los hidrocarburos, así como, en su caso, los estímulos correspondientes”.

Estas “facultades” de la Sener son inconstitucionales, privatizadoras y lesivas a la nación.

La Sener NO tiene porque promover “la participación de los particulares en las actividades del sector”. Esa NO es su función porque estaría violando a la Constitución. El párrafo cuarto del artículo 27 constitucional establece el dominio de la nación sobre los hidrocarburos, el párrafo sexto sobre la energía eléctrica y, el párrafo séptimo, sobre la energía nuclear. Al hacerlo, se excluye la participación privada en estas actividades. El párrafo cuarto del artículo 28 constitucional indica que son actividades estratégicas: el petróleo y los demás hidrocarburos, petroquímica básica, minerales radioactivos y generación de energía nuclear, la electricidad. Luego, el párrafo cuarto del artículo 25 constitucional indica que, las actividades estratégicas solamente podrán ser realizadas por el Estado de manera exclusiva.

Por lo demás, señalar que esa participación será en “los términos de la legislación y disposiciones aplicables” sería correcto si se tratara de la Constitución, en cuyo caso, no sería necesario decirlo. Sin embargo, no es así, pues se trata de la “legislación” secundaria. Peor aún, esa legislación que se invoca es inconstitucional.

Las disposiciones “aplicables” en materia energética son las contrarreformas de 1992 a la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), mismas que alteraron el concepto de servicio público, indicado por la Primera LSPEE que logramos en 1975 en plena lucha de la Tendencia Democrática de los electricistas. De acuerdo a las reformas regresivas, la participación privada es cada vez mayor. A la fecha, el 48.3% de la capacidad de generación eléctrica total a nivel nacional ya es privada. Si se continúan aplicando esas “disposiciones” podría llegarse a la privatización del 100% de la generación, como lo propuso el Banco Mundial (BM), en los Documentos (confidenciales) de Estrategia para México, en 1995.

En materia de hidrocarburos, las “disposiciones aplicables” son las reformas inconstitucionales a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo (LRRP) que, adoptando los criterios del Tratado de Libre Comercio (TLC), “definieron” lo que “abarca” la industria petrolera y fragmentaron el proceso de trabajo petrolero. A la fecha, la petroquímica llamada artificialmente “secundaria” ya está privatizada. Lo mismo tratándose de la distribución, transporte y almacenamiento de gas natural, y la distribución y transporte de gas LP por medio de ductos.

De manera que, lo indicado en la fracción IV de este proyecto de decreto es INCONSTITUCIONAL y PRIVATIZADOR. Tan lo es que se asume explícitamente lo indicado por el TLC en materia de Energía y Petroquímica básica. En el artículo 133 constitucional se establece que ninguna ley ni tratado pueden estar por sobre la Constitución. Lo que proponen los senadores es, entonces, inaceptable para la nación.

Otorgar permisos en materia energética, como lo propone la fracción VII del proyecto de decreto, contraviene a la Constitución. Esta indica en el párrafo sexto que, en materia de hidrocarburos como de energía eléctrica “no se otorgarán concesiones ni contratos” a los particulares. A la fecha, se han otorgado 736 permisos a los particulares (transnacionales y sus filiales) en materia de generación eléctrica y 200 en materia de gas natural.

Proponer que la Sener, través de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), siga otorgando tales permisos es violatorio de la Constitución, lo mismo el caso de los Contratos de Servicios Múltiples (CSM) para la producción de gas seco y los Contratos de Servicios Integrales (CSI) que incluyen la perforación de pozos petroleros en tierra firme y en el mar. Otra vez, las “disposiciones aplicables” serían la LSPEE y la LRRP.

“Regular” el uso y aprovechamiento de fuentes de energía alternas a los hidrocarburos, como lo indica la fracción XI del proyecto de decreto, implica la privatización de TODAS las fuentes de energía. Sí, serían TODAS, las renovables y no renovables porque, ¿cuáles son esas “fuentes de energía alternas”? Precisamente, el carbón, el uranio, el torio, el plutonio, el vapor terrestre (geotermia), la energía oceánica (mareomotriz), el agua (ordinaria, pesada y tritiada), el hidrógeno, el helio, el litio, el viento (y altos vientos) y la radiación del Sol. Si los legisladores aprueban estas “reformas” estarían incurriendo en excesos, y en absurdos, porque NADIE tiene, ni debe tener, la propiedad privada de la naturaleza.

Además, en el proyecto de decreto se propone:

“VIII. Otorgar, rehusar, modificar, revocar y, en su caso, cancelar asignaciones para exploración y explotación de hidrocarburos …

“XV. Establecer la regulación en materia de asignación de áreas para la exploración y explotación petrolera y de permisos de reconocimiento y exploración superficial …

“XVI. Proponer al Ejecutivo Federal el establecimiento de zonas de reservas petroleras”.

Rechazar este dictamen privatizador

El FTE de México denunció lo anterior desde el 2 de mayo de 2007, durante el mitin que realizamos frente a la Torre de Pemex, en la ciudad de México, con motivo de las acciones del Paro Cívico Nacional. Después, lo hemos venido analizando y divulgando paso a paso. Lo dijimos después, cuando el FAP y sus “expertos” presentaron su iniciativa, en la cual, asumen plenamente lo ahora indicado en las fracciones IV, VII y XI del mencionado artículo 33.
Oportunamente demostramos que esas propuestas son privatizadoras. También afirmamos que la política se comprueba en la práctica. Bien, el primer dictamen (D1) del Senado muestra que sus propuestas son privatizadoras e inconstitucionales. Por tanto, este dictamen con proyecto de decreto debe ser rechazado. De no hacerlo, los partidos estarían introyectando en la reforma energética el veneno de la privatización furtiva.

Este martes 21 de octubre, el FTE realizará un mitin frente al Senado, de las 12 a las 14 hs., para expresar nuestro rechazo a la privatización energética furtiva. Invitamos a los interesados a participar en este evento. ¡La Constitución NO se negocia! Llamamos a los mexicanos (as) a manifestarse en sus propios lugares, con todas las acciones al alcance.

Frente de Trabajadores de la Energía, de México

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