*Les dejo un documento que me llegó al correo del blog el fin de semana, es sobre uno de los recursos legales de los cuales se valdrá el FAP y el Gobierno Legítimo contra el Usurpador en caso de que se aprobara la reforma energética, esto es público pues lo ha mencionado el Dr. Jaime Cárdenas en el Club de Periodistas, asi que les dejo un resumen sobre lo que implicaría esta estrategia legal, el documento completo no lo puedo dar a conocer pues entrañaría darle a conocer a nuestros adversarios por adelantado y de manera detallada el golpe legal que se prepara contra ellos*
Atte.
Jesús Palma
Se propone que Calderón sea enjuiciado por haber realizado conductas que actualizan el supuesto de traición a la patria, previsto en el artículo 123 del Código Penal Federal que señala:
Artículo 123.- Se impondrá la pena de prisión de cinco a cuarenta años y multa hasta de cincuenta mil pesos al mexicano que cometa traición a la patria en alguna de las formas siguientes:
I.- Realice actos contra la independencia, soberanía o integridad de la Nación Mexicana con la finalidad de someterla a persona, grupo o gobierno extranjero;
Las conductas de Calderón consisten en la presentación de seis iniciativas de ley en materia petrolera ante el Senado de la República y la Comisión Permanente que proponen entregar los recursos naturales del subsuelo a intereses de personas y grupos extranjeros con el fin de constituir una industria petrolera paralela a la nacional y con ello menoscabar la independencia, la soberanía y la integridad de la nación. Dichas iniciativas, además, atentan contra los principios previstos en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución.
Las dos vías para reclamar la ilicitud de los actos de Calderón son: 1) presentación de una denuncia ante la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 108, 110 y 111 de la Constitución, para que Calderón sea enjuiciado por traición a la patria. El procedimiento entraña la integración de una investigación a cargo de la Cámara de Diputados y la posterior acusación de la Cámara Baja ante el Senado que actúa como jurado de sentencia; y, 2) presentación de una denuncia ante la Procuraduría General de la República por traición a la patria.
Atte.
Jesús Palma
Se propone que Calderón sea enjuiciado por haber realizado conductas que actualizan el supuesto de traición a la patria, previsto en el artículo 123 del Código Penal Federal que señala:
Artículo 123.- Se impondrá la pena de prisión de cinco a cuarenta años y multa hasta de cincuenta mil pesos al mexicano que cometa traición a la patria en alguna de las formas siguientes:
I.- Realice actos contra la independencia, soberanía o integridad de la Nación Mexicana con la finalidad de someterla a persona, grupo o gobierno extranjero;
Las conductas de Calderón consisten en la presentación de seis iniciativas de ley en materia petrolera ante el Senado de la República y la Comisión Permanente que proponen entregar los recursos naturales del subsuelo a intereses de personas y grupos extranjeros con el fin de constituir una industria petrolera paralela a la nacional y con ello menoscabar la independencia, la soberanía y la integridad de la nación. Dichas iniciativas, además, atentan contra los principios previstos en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución.
Las dos vías para reclamar la ilicitud de los actos de Calderón son: 1) presentación de una denuncia ante la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 108, 110 y 111 de la Constitución, para que Calderón sea enjuiciado por traición a la patria. El procedimiento entraña la integración de una investigación a cargo de la Cámara de Diputados y la posterior acusación de la Cámara Baja ante el Senado que actúa como jurado de sentencia; y, 2) presentación de una denuncia ante la Procuraduría General de la República por traición a la patria.
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