sábado, 5 de julio de 2008

MITOS Y VERDADES DE LA EMIGRACIÓN CUBANA

por Diego Hernán Córdoba

La migración de los cubanos siempre se la asocia cómo algo imposible. Sin embargo su Ley de migración es similar a la de cualquier país latinoamericano e incluso del primer mundo

En América Latina el 4,5 por ciento del total de la población -25 millones de personas- vive fuera de su país de origen y según estimaciones de la Comisión Económica para América Latina (Cepal) el crecimiento de las migraciones en la última década ha pasado de 11 millones en 1990 a más del doble en 2000.

La Cepal destaca que en varios países caribeños, más del 20 por ciento de la población se encuentra en el exterior, mientras que en América Latina los porcentajes más altos corresponden a El Salvador 14,5 por ciento, Nicaragua 9,6 por ciento, México 9,4 por ciento, República Dominicana 9,3 por ciento, Cuba 8,7 por ciento y Uruguay 8,3 por ciento.

Por este motivo, la migración de cubanos no se alejaría de las tendencias que en el mundo indican que los inmigrantes van de las áreas de menor a las de mayor desarrollo relativo.

Estas cifras surgen del informe del año 2006 sobre Migración internacional, derechos humanos y desarrollo en América Latina y el Caribe, presentado en el 31º periodo de sesiones de la Cepal, que se celebró en Montevideo, Uruguay.

Según, un informe publicado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba el fenómeno de la emigración desde la isla no es tan voluminoso como se ha pretendido hacer ver. Si se lo compara con los flujos migratorios -argumenta el informe- del resto del mundo que indican como normal una relación porcentual de 10 a 15 por ciento entre los oriundos viviendo en frontera y los que se desplazan al exterior. En Cuba ese coeficiente hoy en día es del 12 por ciento.

La mayoría de los cubanos que deciden emigrar, el destino que eligen es Estados Unidos, y no por el factor de proximidad que existe entre ambos países, si no por la Ley de Ajuste Cubano (Cuban Adjustment Act) que les concede una serie de beneficio a aquellos cubanos que decidan ingresar a Estados Unidos de manera ilegal.

El 2 de noviembre de 1966 el Senado y la Cámara de Representantes de Estados Unidos reunidos en Congreso aprobaron la llamada Ley de Ajuste Cubano, firmada por el presidente Lyndon Baines Jonson, que estableció status especiales y exclusivos para "cualquier extranjero nativo" (de Cuba) "o ciudadano cubano o que haya sido inspeccionado y admitido o puesto bajo palabra en Estados Unidos después del primero de enero de 1959, y que haya estado presente físicamente en Estados Unidos al menos durante un año, puede ser ajustado por el Fiscal General, a su discreción y conforme a las regulaciones que pueda prescribir a la de extranjero admitido legalmente para residir permanentemente..." .

De allí que esta ley -general y confusa- con algunas actualizaciones posteriores, sirvió de base al derecho automático a la residencia permanente, después de un año de ingresar ilegalmente en territorio estadounidense, algo que no se concedió jamás a ningún otro país del mundo. Por otro lado, sí esta Ley ampararía al resto de América Latina y el Caribe, teniendo en cuenta que en Estados Unidos, según el Pew Hispanic Center (Centro Hispano Pew) con sede en Washington, calcula, incluyendo a inmigrantes ilegales, un total de 25 millones de emigrados viviendo en tierras estadounidenses, hoy habría muchos más ciudadanos latinoamericanos y caribeños en Estados Unidos que los nacidos en ese país.

Al respecto, el ex presidente de Cuba, Fidel Castro, en la Facultad de Derecho de Buenos Aires el 26 de mayo del 2003 sostuvo: “hay una ley criminal que nosotros le llamamos la Ley asesina de Ajuste Cubano, aplicable únicamente a un país en el mundo: Cuba. A alguien que no le darían jamás visa, por tal antecedente o por lo que sea, si llega allí en un barco que se roba o un avión que se roba, o por cualquier medio, le conceden ipso facto el derecho a residir, e incluso a trabajar al día siguiente”.

“Ahora,- agregó Fidel- si usted es latinoamericano, asiático o de cualquier país que llegue allí ilegalmente y se puede quedar, lo llaman refugiado, lo llaman emigrante. Si es cubano tiene el apellido ya certificado: son exiliados. En Estados Unidos no hay emigrantes cubanos, a pesar de que más de 100.000 todos los años vienen a visitar a sus familiares a Cuba, pero no son emigrados, son exiliados; esa es la palabra acuñada con sus pérfidos métodos de sembrar la confusión y la mentira”.

Asimismo, dada la práctica jurisprudencial estadounidense denominada wet feet, dry feet (pies mojados, pies secos), los cubanos que alcanzan las costas de Estados Unidos quedan amparados por la Ley de Ajuste Cubano en ese país, mientras que los que son hallados en el mar son devueltos a Cuba.

Por otro lado, la ley Nº 1312 de Migración de Cuba establece que los pasos administrativos que debe seguir un cubano que desee salir de Cuba son: poseer un pasaporte, la visa y hacer los trámites indispensables, como adquirir un pasaje de avión y reserva de hotel por ejemplo. Sí el viaje fuere motivado por visita a familiares o amigos, tiene que acompañarse con una carta de invitación, formalizada en el exterior por la oficina consular de Cuba, o dentro de la isla por alguna de las entidades facultadas para prestar este servicio.

Otro de los países que utiliza este sistema de carta de invitación -salvando algunas diferencias- es España. Para aquellos turistas que no están sujetos al régimen comunitario en el reglamento de la ley 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Además, para aquellos cubanos que quiera establecer su residencia en otro país existen otros requisitos, como por ejemplo, haber cumplido el servicio social, en caso de los profesionales, y el servicio militar, en el caso de los jóvenes, lo cual puede demorar por algunos años la salida del país.

El motivo por el cual se debe cumplir con el servicio social se corresponde a que en Cuba la enseñanza es completamente gratuita, tanto la primaria, como la secundaria y la universidad. Para pagarle al estado los estudios recibidos de manera gratuita, los licenciados tienen la obligación de trabajar por un mínimo de dos años a dónde el estado los mande.

Los médicos, por ejemplo, tienen la obligación de prestar servicio de médico de familia durante dos años antes de hacer la especialidad. Si un cubano o cubana quiere salir del país y no ha completado los años que le corresponden de servicio social, de dos a cinco años, no puede obtener el permiso para ir a vivir a otro país.

Una postura diferente toman otros países de la región con respecto al sistema educativo, como por ejemplo Argentina, en donde la enseñanza pública también es gratuita para la primaria, secundaria y la universidad, pero si embargo, no se les exige a sus egresados “devolver” al país la inversión del Estado.

Según los datos de la propuestas para que la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) se ponga al servicio de la producción y el trabajo nacional, realizada por el sociólogo argentino Aritz Recalde se dice: “teniendo en cuenta solamente la relación entre presupuesto 2008 según ley 26.337 y la proyección de egresados media para este año, cada profesional de la UNLP, ubicada en al Provincia de Buenos Aires, le costaría a la sociedad, aproximadamente 96.983 pesos”.

Asimismo, el autor afirma que “contabilizando solamente la partida de fondos de la ley de presupuesto 26.337 asignada a la UNLP y la cantidad de alumnos, el saldo es una inversión aproximada del Estado argentino de 4.496 pesos por cada estudiante al año”.

En definitiva, cumpliendo con estos requerimientos administrativos cualquier cubano puede viajar al país que desee -inclusive Estados Unidos- país con el cual mantiene fuertes diferencias ideológicas. Sin embargo, los estadounidenses no corren con la misma suerte que los cubanos, ya que desde hace más de cuatro décadas esta potencial mundial le aplica un bloque económico a la isla donde dentro de sus medidas está la de prohibirles a sus ciudadanos viajar a Cuba.

Igualmente, bajo los más disímiles pretextos y artimañas, algunos ciudadanos estadounidenses se las arreglan para visitar Cuba, a pesar de que necesitan una licencia del Departamento del Tesoro para viajar a la isla y gastar dinero. Por su parte, los emigrantes cubanos y sus descendientes radicados en Estados Unidos están autorizados por ley a realizar un viaje anual y gastar un número limitado de dólares diarios.

A raíz de esto, durante la presidencia de George Walker Bush surgió la propuesta del representante republicano por Arizona Jeff Flake, para suspender la prohibición de viajar a Cuba, argumentando que esa medida infringe los derechos constitucionales de viajar de los ciudadanos estadounidenses, pero aún no fue aprobada.

En la actualidad, donde la migración es un tema de agenda en los medios de información, se suceden casos, acciones y medidas distintas. El caso cubano es simplemente uno más de ellos.

(El autor de esta nota es alumno del Seminario “Periodismo en Escenarios Políticos Latinoamericanos” que se dicta en la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad Nacional de La Plata, Argentina).

Fuente: APM

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