martes, 15 de junio de 2010

AU: Represión en Cananea, Sonora, México


Difusión Cencos México D.F., 14 de junio de 2010

Acción Urgente
Prodesc

El Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales A.C., tuvo conocimiento de los actos de violencia ocurridos en contra de los trabajadores mineros, familiares y habitantes de Cananea, Sonora; durante el desalojo de la minera Mexicana de Cananea el día 6 de junio, perteneciente a Grupo México; a continuación la narración de los hechos que han continuado suscitándose durante esta semana en contra de los derechos humanos laborales de los trabajadores mineros y sus familiares.

Hechos

El domingo 6 de junio de 2010, siendo aproximadamente las 20:30 horas, un grupo de personas vestidas de civiles portando armas de fuego, lanza granadas y reflectores de alta potencia ingresó a las instalaciones de la empresa minera Mexicana de Cananea. Los antes mencionados arremetieron contra 300 personas (incluyendo trabajadores y familiares) que se encontraban resguardando la puerta No. 1. de la mina (Puerta Principal ubicada en Av. Juárez #1).

Los trabajadores, sus familias, niños, mujeres, jóvenes y personas adultas que se encontraban en el lugar fueron golpeados indiscriminadamente. Como resultado de este ataque Filiberto Salazar y Miguel Ángel Covarrubias fueron heridos, recibiendo el primero un impacto de petardo en la frente y el segundo un golpe de petardo en la pierna izquierda. Ambos fueron trasladados al Hospital General Básico donde están siendo atendidos.

A este acto se sumaron 350 elementos de la Policía Federal Preventiva y Estatal, quienes lanzaron gas lacrimógeno que causó afectaciones en las vías respiratorias de las mujeres, niños y niñas que se encontraban acompañando a sus familiares, trabajadores de la minera Mexicana de Cananea. Es importante mencionar que la Cruz Roja que se ubicaba fuera de las instalaciones intentó brindar ayuda a las personas afectadas por el gas lacrimógeno y los golpes, sin embargo los cuerpos policiacos le impidieron el acceso, dando inicio con este acto al desalojo violento de los trabajadores y sus familiares de las instalaciones de la minera.

El grupo de civiles armados antes mencionados prendieron fuego a una pila de neumáticos y los proyectaron contra casas habitación de los trabajadores y contra
habitantes del pueblo de Cananea1, así como contra el antiguo edificio de relaciones industriales de la empresa. De igual forma se vio afectado el Hospital del Ronquillo ya que el humo provocado por el incendio afectó al personal del hospital así como a los enfermos que estaban siendo atendidos.

Una vez que se estaba realizando la evacuación, los granaderos de la Policía Federal Preventiva se posesionaron del Hospital de El Ronquillo y desde el día 06 de junio mantienen un cerco que impide el acceso de derechohabientes y de civiles a dichas instalaciones. También se prohíbe la entrada al personal administrativo, médicos y enfermeras.

Durante el ataque cientos de trabajadores mineros se replegaron en la Casa de la Cultura, trasladándose después al recinto oficial de la Sección 65. A las 22:30 en el local sindical se reunió un grupo de aproximadamente 650 personas integradas por trabajadores en huelga, madres, esposas e hijos de mineros así como habitantes de Cananea preocupados por lo que estaba aconteciendo. Media hora más tarde, a las 23:00 horas, arribaron en 35 camiones y 4 helicópteros aproximadamente cuatro mil elementos de la Policía Federal Preventiva y de la Policía Estatal generando miedo e incertidumbre entre los trabajadores y sus familiares. Los trabajadores y sus familiares fueron desalojados de sus instalaciones sindicales con lujo de violencia ejercida por los elementos de la Policía Federal y Estatal quienes además de golpear a las personas y trabajadores que intentaban reunirse de manera pacífica en su sede sindical, también lanzaron gases lacrimógenos en contra de los mismos sin importar que estuvieran presentes menores de edad.

De igual forma, a las 21:30 del 6 de junio, en la caseta No. 3 de la mina fueron detenidos Rodolfo Valdez Serrano, Luis Alberto Torres, Luis Alonso Borbón Pérez, Everardo Ochoa y Marcelo Lara López, todos trabajadores sindicalizados de la sección 65 del Sindicato Minero. Desde el momento de su detención los mantuvieron amarrados con cinturones y puestos contra el piso, posteriormente los subieron a la caja de una camioneta trasladándolos al lugar conocido como el almacén viejo que se encuentra dentro de la mina, manteniéndolos incomunicados y amarrados durante más de 12 horas.

Acto seguido los transportaron en una camioneta Van (donde estuvieron dos horas más adentro) hacia la Secretaria de Seguridad Pública. Los elementos de la policía que se identificaron como, Dieter Armando Blanas Bejarano (suboficial), Oscar Ramón Zárate Montes (cabo), Luis Antonio Cruz Patricio (cabo), José Miguel Mejía Flores (cabo) presentaron, a los trabajadores ante el Ministerio Publico a las 12:45, acusándolos del incendio de una caseta de la mina. Es importante mencionar que después de su detención y en el periodo antes de presentarlos ante el Ministerio Publico los mantuvieron incomunicados, sin agua y sin alimento, y fueron agredidos físicamente en partes del cuerpo que no reflejan marcas corporales. A las 19:00 horas del día 8 de junio, fueron liberados.

Es importante resaltar que al Sr. Luis Alonso Borbón Pérez, quién tenía una cuatrimoto al momento de ser detenido, le fue decomisado ilegalmente dicho vehículo por parte de los elementos federales. Posteriormente estos la utilizaron para pasearse dentro de la mina. Lo anterior motivó que un reportero de nombre Benjamín Zambrano Valencia les tomara fotografías, lo que ocasionó que los elementos de la Policía Federal lo sometieran y golpearan para despojarlo de su cámara fotográfica.

El hijo del Sr. Zambrano, Martín Alfredo Zambrano Ureña, quién se encontraba en el lugar, sacó su teléfono celular para tomar fotografías de la golpiza que le estaban propinando a su padre los policías federales le quitaron el teléfono celular con el que los estaba fotografiando. Después de golpearlo intensamente, lo llevaron a la Agencia del Ministerio Público de Cananea, y una vez en dicho lugar, estos lo obligaron a hincarse para pedir perdón, lo anterior, en presencia del Lic. Monrroy, el Lic. Benemer Acosta y el Lic. Librado Martínez Romero titular de la agencia del Ministerio Público, quiénes no hicieron nada para intentar cesar el abuso de autoridad de los elementos de la Policía Federal en contra de Martín Alfredo Zambrano, también estuvo presente el médico legista del Ministerio Público Dr. Miranda Cuen.

El día de ayer, 10 de junio alrededor de las 08:30 se suscitaron nuevos enfrentamientos entre los trabajadores y la Policía Federal. Los agentes federales lanzaron petardos hacia las casas hiriendo a dos personas de gravedad. En estos momentos, no contamos con los nombres de estas personas.

Ante los hechos arriba descritos este centro de derechos humanos manifiesta su preocupación por la constante agresión de que han sido objeto tanto los trabajadores del Sindicato Minero como el pueblo de Cananea en Sonora. El sindicato minero y en especifico los trabajadores pertenecientes a las seccion 65 del mismo así como sus familiares han logrado organizarse de manera pacífica y responsable para defender su fuente de trabajo, sus condiciones satisfactorias de trabajo y su derecho a la libertad de asociación sindical y han demostrado un compromiso comunitario de respeto a los derechos de los habitantes del pueblo de

Cananea quienes les han brindado su apoyo en la región.

Parece necesario señalar que el Estado Mexicano tiene la obligación de promover, proteger, respetar y garantizar los derechos de las y los trabajadores del País, así como de impulsar una política de respeto al ejercicio legitimo de los trabajadores a ejercer su derecho a la huelga de manera pacifica y organizada como un medio para alcanzar mejores condiciones de trabajo para ellos y mejores condiciones de vida para sus familias.

Las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, asi como el Convenio 87 de la Organización Intenacional del Trabajo, y el Protocolo de Derechos Economicos, Sociales y Culturales de la Convenición Americana de Derechos Humanos establecen claramente la necesidad de salvaguardar el derecho legitimo de las y los trabajadores a ejercer sus derechos laborales y en particular el derecho a la asociación sindical. Concretamente la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Ricardo Baena y otros vs. Panama establece en su sentencia que: “... la libertad de asociación, en materia sindical, reviste la mayor importancia para la defensa de los intereses legítimos de los trabajadores y se enmarca en el corpus juris de los derechos humanos.”2 Lo cual hace evidente el terrible retroceso que significa para el Estado Mexicano utilizar la violencia para reprimir el derecho legítimo de la libertad de asociación sindical en el país. En ese sentido y por todo lo antes mencionado solicitamos:

Escriban inmediatamente:

1. Exigiendo que el gobierno mexicano cumpla con la obligación de respetar garantizar y proteger los estándares más altos de derechos humanos en México.

2. Condenando enérgicamente el uso de la represión y la violencia institucional como mecanismo de solución a los conflictos sociales en especial en la defensa legítima de los derechos humanos laborales.

3. Solidarizándose y respaldando, la lucha que en forma pacífica y legítima vienen realizando los trabajadores y sus familias de la Sección 65 del Sindicato Minero frente a la minera Mexicana de Cananea, filial de Grupo México.

4. Exigiendo la suspensión inmediata de la intervención de los elementos de la policía federal y estatal que se encuentran en las instalaciones de minera Mexicana de Cananea.

5. Demandando que se garantice la protección de la integridad física y psicológica de las los trabajadores y sus familias y de los ciudadanos de Cananea, Sonora.

6. Que se asegure la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU, en particular a lo referente a la protección del derecho de toda “persona individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional” (art. 1) y a garantizar la protección *..+de toda persona individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenazas, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración” (art. 12.2)

7. Pidiendo al gobierno mexicano que haga valer las observaciones hechas en materia de seguridad e higiene en la mina Mexicana de Cananea, asegurando las condiciones satisfactorias de trabajo.

8. La instalación de una mesa de diálogo y negociación respetuosa y pacífica.

Envíen llamamientos a:

Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.
Presidente Constitucional de la República Mexicana
Residencia Oficial de los Pinos, Casa Miguel Alemán, Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, México DF. Tel: +52 55 27891100; Fax: +52 55 50934900. E-mail: felipe.calderon@presidencia.gob.mx

Secretario General de Gobernación.
Lic. Fernando Gómez-Mont Urueta.
Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México, FAX +52 (55) 5093 34 14. Email: secretario@segob.gob.mx

Licenciado Arturo Chávez Chávez,
Procuraduría General de la República, Paseo de la Reforma nº 211-213, Piso 16, Col. Cuauhtémoc, Del. Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06500, Fax: +52 55 53 46 09 08; + 52 55 27 89 11 13 (si responde una voz, digan: "tono de fax, por favor"), Correo Electrónico: ofproc@pgr.gob.mx / wmaster@pgr.gob.mx

Lic. Javier Lozano Alarcón
Secretario de Trabajo y Previsión Social
Periférico Sur No. 4271, Col. Fuentes del Pedregal, Tlalpan 14149, México D.F Conmutador 3000-2100 Correo:javier.lozano@stps.gob.mx

Dr. Raúl Plascencia Villanueva
Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos
Comisión Nacional de Derechos Humanos Fax +52 (55) 5681 7199, correo@cndh.org.mx

Lic. Guillermo Padres Elias
Gobernador del Estado de Sonora
Palacio de Gobierno, Planta Alta
Dr. Paliza y Comonfort, C.P 83260 Hermosillo, Sonora.

Lic. Ernesto Munro Palacio
Secretario de Seguridad Publica
ROSALES Y PASEO DEL CANAL S/N A UN COSTADO DE LA PGJE, Hermosillo, Sonora. Teléfono(s): 662 259-57-01

LIC. ABEL MURRIETA GUTIERREZ
Procurador General de Justicia Rosales y Paseo del Canal Módulo Norte, Planta Alta Col. Centro C.P. 83000 Hermosillo, Sonora. Lada sin Costo 01-800-000-74-53 E-mail procurador@pgjeson Teléfono(s): (662) 259-48-00 ext 14000, 259-48-03, 259-48-04

Enviar copia a:
Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México,

Alberto Brunori
Representante de la Alta Comisionada en México
Fax +52 (55) 5061 6358; oacnudh@ohchr.org
Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Sr. Santiago Cantón
Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Fax +1 (202) 458 3992 cidhoea@oas.org

Sra. Navanethem Pillay
Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Fax +41 22 917 9000 civilsocietyunit@ohchr.org
Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales A.C.
Zamora 169 despacho 2-B, Colonia Condesa, C.P. 06140 México, D. F. Tel. (55) 5212-2229 Tel y fax. (55) 5212-2230 proyectodesc@gmail.com

Fuente: CENCOS
Difusión: soberanía popular

No hay comentarios: