Integrantes de la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT) enviaron al gobierno mexicano una acción urgente por “la golpiza inflingida a los indígenas chatinos, Timoteo Ríos Ramírez y Pedro Álavez Agudo, lo que provocó la muerte al primero. Este organismo internacional señala que en aquella población chatina “existe un clima de amenazas y hostigamiento” contra los miembros de la comunidad de Santa María Magdalena Tiltepec, en el municipio de Santos Reyes Nopala La información destaca que Timoteo Ríos Ramírez era el padre de Félix Ríos, Agente Municipal del mismo municipio quien desde hace tiempo organiza a la comunidad para gestionar obras de infraestructura social para la localidad, y quien es también defensor de los recursos naturales de la región Chatina.
El Secretariado Internacional de la OMCT al condenar estos hechos, en particular el asesinato de Timoteo Ríos y los malos tratos a que fue sometido Pedro Alavés Agudo, manifiesta su seria preocupación por la seguridad y por la integridad física y psicológica del sobreviviente, así como de los demás miembros de sus respectivas familias. La OMCT recuerda que México tiene la obligación de cumplir con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual en su artículo 1 consagra que los Estados partes “se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona sujeta a su jurisdicción...”. (…).
La OMCT recuerda que por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en sentencia del 29 de julio de 1988, concluyó que (…) “un hecho ilícito violatorio de los derechos humanos que inicialmente no resulte imputable directamente a un Estado, por ejemplo, por ser obra de un particular o por no haberse identificado al autor de la trasgresión, puede acarrear responsabilidad internacional del Estado, no por ese hecho en sí mismo, sino por falta de la debida diligencia para prevenir la violación o para tratarla en los términos requeridos por la Convención”. De acuerdo con estos tratados internacionales, las autoridades mexicanas están llamadas a considerar seriamente todas las alegaciones de malos tratos recibidos por las víctimas y a llevar a cabo una investigación profunda e independiente a este respecto.
Contexto de la situación
De acuerdo con las informaciones, esta agresión se suma a varias violaciones de los derechos humanos que se han presentado en la región chatina, las cuales, según las denuncias, se habrían incrementado desde la llegada de Fredy Gil Pineda Gopar a la Presidencia municipal de Santos Reyes Nopala, hoy Ex - presidente municipal, agresiones que van desde detenciones arbitrarias e ilegales, como fue el caso de Jaciel Cruz Cruz, y la desaparición forzada de Lauro Juárez, además de otras violaciones sistemáticas a los derechos humanos.
Se ha denunciado también la existencia de un clima de represión y hostigamiento que se vive en la región chatina, donde se reprime, se golpea, se desaparece y se encarcela a los que se oponen a los cacicazgos de la región y al saqueo de los recursos naturales, como lo es el caso de la comunidad de Cerro del Aire, donde los paramilitares mantienen permanentemente vigiladas las casas de los integrantes de organizaciones sociales, y en cuyos domicilios aparecen mensajes anónimos con amenazas de muerte.
Se ha informado que la Comunidad ha presentado diversas denuncias por estas agresiones, ante la Subprocuraduría Regional de Puerto Escondido y ante la Procuraduría Estatal, pero que sin embargo, no ha sido detenido ninguno de los agresores, que estarían ampliamente reconocidos, lo cual confirmaría la presunta complicidad entre miembros del gobierno estatal y paramilitares de la región chatina encabezados por el ex - presidente municipal, Fredy Gil Pineda Gopar.
Acción solicitada. Favor escribir a las autoridades de México para urgirlas a:
i. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Pedro Alavés Agudo incluyendo toda la atención médica urgente, adecuada y gratuita que su estado de salud física y mental requiera;
ii. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de todos los miembros de las familias del Sr. Timoteo Ríos Ramírez y del Sr. Pedro Alavés Agudo así como de todos los integrantes de las organizaciones sociales de la región Chatina;
iii. llevar a cabo una investigación inmediata, completa, exhaustiva e imparcial en torno a las circunstancias de los hechos arriba denunciados, en particular al asesinato del Sr. Timoteo Ríos Ramírez y las graves heridas causadas al Sr. Pedro Alavés Agudo, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;
iv. otorgar una adecuada reparación a la familia del Sr. Timoteo Ríos Ramírez, así como también al Sr. Pedro Alavés Agudo;
v. garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.
El Secretariado Internacional de la OMCT al condenar estos hechos, en particular el asesinato de Timoteo Ríos y los malos tratos a que fue sometido Pedro Alavés Agudo, manifiesta su seria preocupación por la seguridad y por la integridad física y psicológica del sobreviviente, así como de los demás miembros de sus respectivas familias. La OMCT recuerda que México tiene la obligación de cumplir con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual en su artículo 1 consagra que los Estados partes “se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona sujeta a su jurisdicción...”. (…).
La OMCT recuerda que por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en sentencia del 29 de julio de 1988, concluyó que (…) “un hecho ilícito violatorio de los derechos humanos que inicialmente no resulte imputable directamente a un Estado, por ejemplo, por ser obra de un particular o por no haberse identificado al autor de la trasgresión, puede acarrear responsabilidad internacional del Estado, no por ese hecho en sí mismo, sino por falta de la debida diligencia para prevenir la violación o para tratarla en los términos requeridos por la Convención”. De acuerdo con estos tratados internacionales, las autoridades mexicanas están llamadas a considerar seriamente todas las alegaciones de malos tratos recibidos por las víctimas y a llevar a cabo una investigación profunda e independiente a este respecto.
Contexto de la situación
De acuerdo con las informaciones, esta agresión se suma a varias violaciones de los derechos humanos que se han presentado en la región chatina, las cuales, según las denuncias, se habrían incrementado desde la llegada de Fredy Gil Pineda Gopar a la Presidencia municipal de Santos Reyes Nopala, hoy Ex - presidente municipal, agresiones que van desde detenciones arbitrarias e ilegales, como fue el caso de Jaciel Cruz Cruz, y la desaparición forzada de Lauro Juárez, además de otras violaciones sistemáticas a los derechos humanos.
Se ha denunciado también la existencia de un clima de represión y hostigamiento que se vive en la región chatina, donde se reprime, se golpea, se desaparece y se encarcela a los que se oponen a los cacicazgos de la región y al saqueo de los recursos naturales, como lo es el caso de la comunidad de Cerro del Aire, donde los paramilitares mantienen permanentemente vigiladas las casas de los integrantes de organizaciones sociales, y en cuyos domicilios aparecen mensajes anónimos con amenazas de muerte.
Se ha informado que la Comunidad ha presentado diversas denuncias por estas agresiones, ante la Subprocuraduría Regional de Puerto Escondido y ante la Procuraduría Estatal, pero que sin embargo, no ha sido detenido ninguno de los agresores, que estarían ampliamente reconocidos, lo cual confirmaría la presunta complicidad entre miembros del gobierno estatal y paramilitares de la región chatina encabezados por el ex - presidente municipal, Fredy Gil Pineda Gopar.
Acción solicitada. Favor escribir a las autoridades de México para urgirlas a:
i. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Pedro Alavés Agudo incluyendo toda la atención médica urgente, adecuada y gratuita que su estado de salud física y mental requiera;
ii. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de todos los miembros de las familias del Sr. Timoteo Ríos Ramírez y del Sr. Pedro Alavés Agudo así como de todos los integrantes de las organizaciones sociales de la región Chatina;
iii. llevar a cabo una investigación inmediata, completa, exhaustiva e imparcial en torno a las circunstancias de los hechos arriba denunciados, en particular al asesinato del Sr. Timoteo Ríos Ramírez y las graves heridas causadas al Sr. Pedro Alavés Agudo, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;
iv. otorgar una adecuada reparación a la familia del Sr. Timoteo Ríos Ramírez, así como también al Sr. Pedro Alavés Agudo;
v. garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.
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