martes, 12 de agosto de 2008

Ley petrolera del FTE

En el X Foro de Energía, realizado el 30 de mayo de 2008, en la Universidad Obrera de México, el FTE de México presentó una propuesta de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia de Hidrocarburos, la cual constituye nuestra referencia en el actual proceso de Debate Popular contra la Privatización Energética. Esta es una propuesta para la Re-nacionalización, que evita la privatización de Pemex, integra a la industria petrolera mexicana y propone su reorganización en términos de lo dispuesto por la Constitución política vigente.

Ley petrolera del FTE

La perspectiva de nuestra lucha está en la Re-nacionalización energética para recuperar lo perdido y rescatar a Pemex y CFE de las garras del imperialismo. La Re-nacionalización energética es un proceso necesario que incluye, principalmente, la lucha social organizada en todo el territorio nacional y allende las fronteras.

Esta Re-nacionalización se expresa en un proyecto de ley que implica la visión de los trabajadores. El FTE ha propuesto un programa obrero, un proyecto de ley eléctrica y otro de ley petrolera. Estas leyes no son para ponerlas en manos de los actuales legisladores y partidos políticos, es para la Re-nacionalización energética.

Los aspectos principales de la Ley petrolera del FTE que constituyen la referencia para nuestra lucha son:

1- Objeto de la ley.

Esta Ley es Reglamentaria del Artículo 27 constitucional en materia de hidrocarburos y tiene por objeto reglamentar el cumplimiento de lo indicado al respecto por la Constitución política del país.

2- Bases fundamentales.

Corresponde exclusivamente a la nación, a través de Pemex, realizar todas las fases del proceso de trabajo relacionado con los hidrocarburos.

En esta materia NO se otorgarán, concesiones contratos ni permisos a los particulares. Los recursos energéticos primarios son propiedad de la nación.

3- Bases de la política petrolera.

La política petrolera independiente tiene las siguientes bases:

a) Propiedad inalienable e imprescriptible de la nación,

b) Exclusividad del Estado,

c) Utilización racional de los recursos naturales,

d) Autodeterminación científica y tecnológica,

e) Protección del medio ambiente, ecosistemas y población,

f) Desarrollo social democrático,

g) Seguridad, independencia y soberanía.

4- Proceso de trabajo petrolero.

El proceso de trabajo de los hidrocarburos consiste de las siguientes fases:

a) Planeación energética,

b) Investigación científica y desarrollo tecnológico,

c) Ingeniería de proyectos,

d) Exploración y explotación de petróleo crudo y gas natural,

e) Procesamiento de crudo y gas,

f) Producción de petrolíferos y petroquímicos,

g) Almacenamiento, transporte y distribución de crudo y derivados,

h) Diseño y construcción de obras e instalaciones,

i) Diseño y fabricación de equipos y componentes,

j) Comercialización.

5- Planeación energética.

Las actividades de la industria energética nacional estarán basadas en el correspondiente Programa Mexicano de Energía, enmarcado en una geopolítica mexicana propia, la integración energética latinoamericana y con base en un Plan Nacional de Hidrocarburos, y el correspondiente Plan Estratégico de Desarrollo.

Los planes, programas y proyectos serán propuestos, formulados, desarrollados, concretados y evaluados por los investigadores, ingenieros, técnicos y trabajadores del sector.

6- Integración energética.

La industria petrolera nacionalizada integrada, vertical y horizontalmente, tiene por objeto

realizar todas las actividades que constituyen el proceso de trabajo petrolero, con personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad de autodeterminación interna.

7- Investigación y desarrollo.

La investigación y desarrollo tecnológico (I & D) será realizada por el Instituto Mexicano de Energía (IME). Este instituto tiene por objeto realizar la I & D en materia de energía, así como promover el uso de las fuentes energéticas alternas, renovables y no renovables, desarrollar la formación de recursos humanos y difundir los avances para el desarrollo social, científico y cultural de la nación.

8- Administración directa.

Las obras e instalaciones de la industria petrolera serán realizadas por administración directa, en las actividades de diseño, construcción, montaje, puesta en marcha, operación y mantenimiento.

Se establecerá un programa de cogeneración eléctrica con la industria nacionalizada y un programa de inversiones propias financiado con los recursos generados por Pemex.

9- Soberanía energética.

Los recursos de Pemex se aplicarán a la conservación de su infraestructura, obras de expansión, financiamiento de proyectos y al desarrollo económico, social y cultural de la nación.

Pemex aportará al Estado, por concepto de impuestos y derechos un máximo del 70 por ciento de sus rendimientos.

10- Espacio del saber obrero.

Los trabajadores, ingenieros e investigadores tienen derecho a formular los planes, programas y proyectos, y la obligación de concretarlos, vigilando el correcto cumplimiento de las disposiciones constitucionales.

Para ejercer el control obrero de la producción e investigación, los trabajadores del sector estarán organizados en consejos obreros los cuales tendrán reconocimiento pleno en todos los centros de trabajo.

11- Derecho social y popular.

La industria petrolera mexicana pertenece a la nación viviente. Corresponde al pueblo organizado vigilar el correcto funcionamiento de la industria, el uso adecuado de los recursos naturales y el patrimonio colectivo de la nación. La población estará organizada en consejos populares, los cuales tendrán pleno reconocimiento.

12- Derecho a la salud.

La seguridad es prioritaria desde la planeación, diseño, construcción, operación, cierre definitivo y desmantelamiento de instalaciones.

En la realización de obras e instalaciones, operación y funcionamiento de las mismas, se observarán normas estrictas para la preservación de la salud y dinámica vital de los trabajadores.

13- Protección ambiental y ecológica.

Las actividades serán realizadas con la debida protección del medio ambiente, cuerpos de agua y ecosistemas.

Transitorio 1- Nulidad de concesiones y permisos.

Se abrogan todas las leyes y reglamentos que se opongan a la presente Ley.

Quedan sin efecto todas las concesiones, contratos y permisos privados inconstitucionales otorgados a los particulares en cualquiera de sus modalidades.

Transitorio 2- Re-establecimiento de la legalidad constitucional.

El gobierno emanado de la “conspiración neoliberal privatizadora”, y quienes hubiesen cooperado a ésta, serán juzgados.

El pueblo mexicano ejercerá plenamente su derecho a la soberanía.

Frente de Trabajadores de la Energía, de México

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