José Blanco
Derecho vs derecho
Hace dos semanas escribí en este espacio: “La salida de W Radio de Carmen Aristegui… es una prueba contundente de que en México ubicamos los derechos derivados de la capitalización realizada sobre un bien público por encima del derecho a la libertad de expresión”.
En su última entrega la propia conductora escribió: “El debate se centra en si se puede o debe colocar la llamada libertad de empresa por encima de la libertad de expresión o de las libertades fundamentales de periodistas y ciudadanos. El caso W ha tocado seriamente esa fibra”. Ése es, sin duda, el núcleo de un problema que es a un tiempo jurídico y político.
Mainstream es un anglicismo (literalmente corriente principal) que se usa para referirse al pensamiento o las preferencias aceptadas mayoritariamente por una sociedad. El término ha cobrado fuerte relevancia en los estudios actuales sobre los medios de comunicación de masas, que han adquirido peso decisivo en las creencias y en la formación de opiniones en la sociedad actual.
La mainstream para cierta parcela del pensamiento económico sostiene con razón que el mercado genera resultados subóptimos, en el caso de la producción o generación de un conjunto de determinados bienes. Los economistas suelen llamarlos “fallas del mercado” (por supuesto, no se trata da fallas).
En tales casos es imprescindible la intervención del Estado para ajustar o corregir tales “fallas” y alcanzar un resultado óptimo. Es el caso de los bienes públicos. La salud, o la educación, o la información, o la difusión de las ideas, o la defensa nacional. El mercado no puede resolver estos casos y es preciso que el Estado intervenga con las herramientas que le son propias: las leyes.
Las sociedades contemporáneas están repletas de contradicciones y antagonismos, una inmensa cantidad de las cuales derivan precisamente de la operación del mercado. Sin Estado (o con un Estado abstinente en su papel de mantener unida y en desarrollo a la sociedad) y sin leyes no tendríamos una sociedad, sino una selva en la que los animales mayores y/o más feroces devoran a los animales con atributos de fuerza y de ferocidad menor.
Es claro que el mercado no es el medio ideal para la generación de los bienes públicos. Un bien público es un bien económico cuya naturaleza conlleva dos características básicas: la no rivalidad en su uso o consumo (el uso o consumo por un individuo no reduce la cantidad para otros) y la imposibilidad de aplicar el principio de exclusión de los beneficios (ni por medios físicos ni legales) que el bien público ha de proveer a todos.
El “problema” que entrañan los bienes públicos es que la naturaleza del mercado y los principios que lo rigen no puede valorar adecuadamente tales productos y en el mejor de los casos el mecanismo mercantil proporciona un suministro distinto del que sería eficiente e indispensable para la sociedad como un todo. Por ello es preciso emplear medios de suministro del bien público de que se trate, distintos del mercado, para solventar las dificultades. (Véase Buchanan, James M.: Demanda y oferta de bienes públicos, 1968; Stiglitz, Joseph E.: La economía del sector público, 2003.)
No es extraño que el artículo 19 de la Declaración universal de derechos humanos disponga: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. Ésta es la mainstream internacional –desde 1948–, en materia de derechos humanos de opinión y de recibir información y opiniones, por cualquier medio de expresión.
No es extraño tampoco que la Convención americana sobre derechos humanos establezca en su artículo 13, fracción 3ª que “no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”.
Las empresas Prisa y Televisa, al cancelar el noticiero Hoy por hoy, han mostrado que la racionalidad empresarial, económica (dicen que tienen números rojos) o política (más bien por aquí parece ir la onda hertziana), produjo una carambola política de 10 mil bandas al manejar o manipular el bien público concesionado –el espacio radioeléctrico y las ondas hertzianas que en él se propagan– y generó una enorme “falla de mercado” y una violación de disposiciones legales vigentes en México.
Puesto que sobre ese bien público esas empresas han realizado una (gigantesca) inversión, tales actores del mercado reclaman derechos que derivan de su propiedad (el capital invertido). Esos derechos han hecho colisión con las disposiciones legales asociadas al bien público que a las empresas les fue concesionado.
Sólo parece haber dos caminos para que el Estado resuelva esta contradicción insoluble en el espacio de las empresas referidas. O bien el Estado les retira la concesión por la violación legal cometida en el uso de un bien público, o bien el Congreso crea un organismo de Estado (no de gobierno), con todas las regulaciones del caso y las limitaciones y acotaciones que necesariamente conllevan los derechos de ser informados y de libertad de expresión. De esta manera el Estado compensa o corrige la “falla de mercado” y la violación de derechos vigentes en este país.
De todos modos, algún tipo de sanción tendrían que recibir las empresas abusivas, por ignorar la responsabilidad que adquirieron al recibir en concesión el bien público que explotan.
http://www.jornada.unam.mx/2008/01/22/index.php?section=opinion&article=020a1pol
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