Por ABI.
El pueblo boliviano decidirá en las urnas el 7 de diciembre de este año el futuro de la nueva Constitución Política del Estado, seleccionará a los prefectos de La Paz y Cochabamba, elegirá a 112 subprefectos provinciales, además de consejeros departamentales en todo el territorio nacional.
El proyecto de nueva Constitución Política del Estado fue aprobado por dos tercios de voto de los presentes en la sesión de la Asamblea Constituyente del 9 de diciembre de 2007 en Oruro. De este proceso participaron 10 de las 16 fuerzas políticas con representación en el magno foro.
El Gobierno aprobó la noche de este jueves el Decreto Supremo No. 29691 que fija para el 7 de diciembre de 2008 la realización del referendo dirimitorio y constitucional sobre la nueva Constitución Política del Estado, en el marco de la Ley No. 3836 del 29 de febrero de 2008.
El contenido de ese decreto supremo fue leído en el hall de Palacio Quemado, abarrotado de decenas de dirigentes sociales, alto mando militar y policial, ministros de Estado, legisladores y decenas de periodistas¸ por el ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana.
“El presente decreto supremo tiene por objeto fijar la fecha del referendo nacional constituyente dirimitorio y aprobatorio convocado por Ley No. 3836 del 29 de febrero del 2008”, señala el decreto en su Capítulo Primero, Artículo 1, inciso a.
El Capítulo Segundo, artículo 2 agrega que el referendo nacional constituyente convocado por Ley No. 3836 del 29 de febrero del 2008, será realizado el 7 de diciembre del 2008 en el marco de lo establecido en la referida ley.
La norma menciona que por Ley No. 3364, del 6 de marzo del 2006, Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente, se convocó a la Asamblea Constituyente con la finalidad de reformar totalmente la ley fundamental del Estado boliviano y dotar al país de una Constitución que reconozca nuevos derechos y un sistema político en el que todos los ciudadanos se sientan representados.
Sin embargo, da cuenta que no obstante estos avances democráticos, el país ha sido testigo de una gran resistencia por los sectores conservadores de la sociedad boliviana y de algunas instituciones anquilosadas en el pasado, que temen perder sus privilegios seculares y no aprueban las aspiraciones del pueblo de construir una sociedad más justa y equitativa.
Tampoco dan paso a un país libre e independiente que reafirme su soberanía nacional frente a la dominación e influencia de potencias extranjeras y que siente las bases del anhelado desarrollo nacional.
De la misma forma, señala que para culminar el proceso constituyente se requiere un referendo nacional donde el soberano exprese su voluntad respecto al texto aprobado de la nueva Constitución Política del Estado a partir del cual deben materializarse los cambios trascendentales por los cuales el pueblo ha luchado desde la independencia de la República.
Ante ello, el decreto deja en claro que ningún órgano constituido puede obstaculizar que el soberano exprese su voluntad, derecho fundamental reconocido en el Pacto de San José de Costa Rica del 22 de noviembre de 1969.
Manifiesta, además, que la Asamblea Constituyente ha incorporado en el texto constitucional el régimen de autonomía departamental recogiendo el mandato vinculante del referendo del 2 de julio de 2006, por lo que es necesario democratizar todos los niveles de la estructura del Poder Ejecutivo, a nivel departamental, a través de la selección de prefectos de departamento, subprefectos y consejeros departamentales.
LA PAZ Y COCHABAMBA
El decreto aprobado la noche de este jueves también establece para el domingo 7 de diciembre la convocatoria a elecciones para la selección de prefectos de los departamentos de La Paz y Cochabamba, cuyos titulares fueron revocados en el referendo revocatorio de mandato popular realizado el 10 de agosto del 2008.
El Presidente de la República designará como prefecto de departamento al candidato que en la votación obtenga la mayoría simple de los votos válidos emitidos, según se consigne en acta de cómputo nacional de la Corte Nacional Electoral.
CONSEJEROS
En la misma fecha, 7 de diciembre de 2008, se realizará elecciones para la selección de consejeros departamentales y subprefectos en circunscripción provincial en todo el territorio nacional. De esta manera, se profundizará la democracia con la elección de autoridades que hasta el momento son designados a dedo por los prefectos departamentales.
ADMINISTRACIÓN
La norma instruye a que la Corte Nacional Electoral y los demás órganos electorales, según el artículo 225 del Código Electoral, organizarán y ejecutarán hasta la conclusión el referendo dirimitorio y aprobatorio de la nueva Constitución Política del Estado.
RECURSOS
El Ministerio de Hacienda asignará un presupuesto extraordinario con recursos nacionales y/o departamentales para financiar el referendo nacional dirimitorio y aprobatorio de la nueva Constitución Política del Estado, la selección de prefectos para La Paz y Cochabamba y para la elección de consejeros departamentales y subprefectos.
Fuente: Alternativa Bolivariana
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