México, D. F. a 14 de Mayo de 2008
Las organizaciones de familiares de desaparecidos y víctimas de la represión y de derechos humanos abajo firmantes, quienes durante varios años dimos seguimiento a la actuación de
Numerosos testimonios confirman que Arturo Acosta Chaparro, junto con otros militares como el fallecido Francisco Quiroz Hermosillo, participó en la tortura, desaparición y ejecuciones de decenas de campesinos y campesinas en el estado de Guerrero. El gobierno de México, en contra de las diversas recomendaciones de mecanismos internacionales de derechos humanos, dejó la investigación de estos delitos a cargo de la justicia militar que, como lo ha señalado el Relator sobre Tortura de Naciones Unidas, generalmente protege al personal militar.[1] Lo anterior fue constatado en este caso, ya que un juez militar absolvió a Acosta Chaparro por "desvanecimiento de datos", a pesar de las pruebas y testimonios en su contra.
Por lo anterior, es ofensivo e insultante para las víctimas, sus familiares y todos los mexicanos y mexicanas que ahora se condecore a este criminal por su "patriotismo, lealtad, abnegación, dedicación y espíritu de servicio a México y sus instituciones". Con esta acción, el gobierno de Calderón y
Como puede verse el Estado mexicano sigue con su incongruencia, mientras en el ámbito internacional México impulsó en 2005 la aprobación en las Naciones Unidas de los 'Principios y Directrices Básicos sobre el Derecho de las Víctimas de Violaciones de las Normas Internacionales de Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario a Interponer Recursos y Obtener Reparaciones', dentro de México las desapariciones forzadas producto de la guerra sucia siguen sin ser adecuadamente y no se ha sancionado a ninguna autoridad por éstos crímenes, ni se ha reparado integralmente a las víctimas.
Según los Principios arriba mencionados, la reparación de los daños sufridos, que tiene por objeto promover la justicia, remediando las violaciones a los derechos humanos, incluye:
- La restitución: siempre que sea posible, ha de devolver a la víctima a la situación anterior a la violación.
- La indemnización: de forma apropiada y proporcional a la gravedad de la violación, por todos los perjuicios económicamente evaluables, tales como: el daño físico o mental; la pérdida de oportunidades; los daños materiales y la pérdida de ingreso, incluido el lucro cesante; los perjuicios morales; los gastos de asistencia jurídica o de expertos, medicamentos y servicios médicos y servicios psicológicos y sociales.
- La rehabilitación: incluye atención médica y psicológica y servicios jurídicos y sociales.
- La satisfacción: incluye, cuando sea procedente: Medidas eficaces para que cesen las violaciones continuadas; verificación de los hechos y la revelación pública y completa de la verdad; la búsqueda de personas desaparecidas y de los cadáveres de las personas asesinadas; una declaración oficial o decisión judicial que reestablezca la dignidad, la reputación y los derechos de la víctima y las personas estrechamente relacionadas con ella; una disculpa pública que incluya el reconocimiento de hechos y la aceptación de responsabilidades; la aplicación de sanciones administrativas y judiciales a los responsables de las violaciones; conmemoraciones y homenajes a las víctimas; exposición precisa de las violaciones ocurridas en el material didáctico de todos los niveles.
- Las garantías de no repetición: Incluyen cuando proceda el ejercicio de un control efectivo de las autoridades civiles sobre las fuerzas armadas y de seguridad; la garantía de que todos los procedimientos civiles y militares se ajustan a las normas internacionales; el fortalecimiento del poder judicial; la protección de los profesionales del derecho, la salud y asistencia sanitaria, la información y los defensores de derechos humanos; la educación respecto a derechos humanos en todos los sectores de la sociedad y el gobierno; la promoción de la observancia de los códigos de conducta y norma éticas, en particular, las internacionales por parte de funcionarios públicos, personal de fuerzas de seguridad, establecimientos penitenciarios, medios de información, la salud, la psicología, los servicios sociales y las fuerzas armadas, además del personal de empresas comerciales; la promoción de mecanismos destinados a prevenir y vigilar los conflictos sociales; la revisión y reforma de las leyes que contribuyan o permitan la violación de los derechos humanos.
Una condecoración como la otorgada por
Demandamos nuevamente al gobierno de Calderón que se investigue y sancione a los responsables por los cientos de casos de desaparición forzada ocurridos durante la guerra sucia.
Exigimos a
Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México. (AFADEM-FEDEFAM)
Fundación Diego Lucero A.C.
Comité de Madres de Desaparecidos Políticos de Chihuahua.
Hijos e Hijas Nacidos en
Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos
"Todos los Derechos para Todos y Todas".
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C.
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C.
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