domingo, 23 de agosto de 2009

Plataforma de Acción para el Fortalecimiento de la Libertad de Expresión en Centro América


Defensores y defensoras de derechos humanos y profesionales de los medios de comunicación, de El Salvador, Guatemala, Honduras, México y Nicaragua, se reunieron en la Ciudad de Guatemala el 23 y 24 de julio del 2009 en el marco de la Conferencia Regional: “Hacia una Plataforma de Acción para el Fortalecimiento de la Libertad de Expresión”, acordando seguir la siguiente Plataforma de Acción para fortalecer la libertad de expresión de las todas las personas en Centro América.

Preámbulo

Conscientes que la libertad de expresión es un derecho que abre paso al ejercicio de otros derechos fundamentales, su pleno goce resulta instrumental para combatir la injusticia y la exclusión social, así como la discriminación en todas sus formas.

Reconociendo que la libertad de expresión es fundamental para la existencia misma de una sociedad democrática, es indispensable para la formación de la opinión pública y requisito indispensable para que las personas y la colectividad puedan desarrollarse plenamente en un entorno pluralista y diverso.

Basados en el derecho internacional y regional de los derechos humanos, en particular el Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles, el que reza: “Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.” y Políticos así como el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos que dice: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.”

Reconociendo el desarrollo jurisprudencial del derecho a libertad de expresión por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Enfatizando el continuo clima diverso para el ejercicio de la libertad de expresión en Centro América, en particular: la falta de pluralidad de medios; penalización de la difamación, calumnia y desacato; agresiones en contra de defensores de derechos humanos y periodistas y la impunidad que prevalece en la mayoría de estos casos; el uso discrecional y la falta de regulación en la asignación de publicidad oficial; debilidad o falta de marcos regulatorios en el acceso a la información y el efecto inhibidor para ejercer este derecho; amenazas de actores no estatales en contra de defensores de derechos humanos y periodistas que son propiciadas por la debilidad de la respuesta institucional responsables del el respeto y protección de los derechos humanos.

Considerando la diversidad de perspectivas, mandatos, personas y organizaciones firmantes acuerdan participar de manera activa o apoyando otras iniciativas para:

1. Impulsar la creación o la reforma de marcos normativos en cada país que promuevan, protejan y defiendan el ejercicio del derecho a la libertad de expresión para todas las personas, sin importar condición social, origen étnico, preferencia sexual, identidad de género, opinión política y/o creencia religiosa.

2. Emprender actividades específicas tales como alertas, diagnósticos e informes para promover, difundir y denunciar las violaciones a este derecho.

Agresiones contra la libertad de expresión

3. Promover la empatía y las expresiones públicas de solidaridad con las víctimas y sus familiares.

4. Dar seguimiento a las investigaciones de este tipo de casos con la finalidad de denunciar públicamente toda acción u omisión que propicie que dichos crímenes permanezcan impunes.

5. Denunciar públicamente y ante los órganos internacionales de protección a los derechos humanos las agresiones de las que son víctimas las personas que ejercen la libertad de prensa, partiendo de una definición amplia que permita incluir bloggers, periodistas ciudadanos, comunicadores y comunicadoras
sociales, comentaristas y periodistas ocasionales.

6. Compartir el conocimiento y los métodos para el registro, documentación, monitoreo y defensa de las víctimas de acuerdo con las mejores prácticas y estándares internacionales, con el fin de promover el fortalecimiento institucional y técnico de las acciones adoptadas en cada país.

Delitos de difamación, injurias y calumnias

7. Promover en los respectivos países la despenalización de estos delitos.

8. Difundir los casos por procesos penales, denunciándolos públicamente como una práctica nociva para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

Acceso a la información

9. Adoptar y apoyar acciones encaminadas a combatir la cultura de secrecía y opacidad en los gobiernos de la región.

10. Promover cambios estructurales a través de la inclusión de estándares internacionales en las legislaciones nacionales en materia de transparencia y acceso a la información, así como en las discusiones legislativas en los países donde aún no se aprueban dichas leyes.

11. Monitorear el funcionamiento de las leyes de acceso a la información y, en su caso, denunciar las acciones y omisiones que afecten el ejercicio de este derecho.

12. Promover las solicitudes de información y ejercicios de transparencia como una herramienta para el ejercicio de la libertad de prensa y el debate público.

Radiodifusión, internet y tecnologías de la información

13. Denunciar las prácticas nocivas en la asignación y el uso de las ondas del espectro radioeléctrico que inhiban el pluralismo y la diversidad.

14. Exigir transparencia en los procesos de renovación y asignación de frecuencias del espectro radioeléctrico, así como una distribución equitativa entre medios de comunicación comerciales, comunitarios y públicos.

15. Promover la perspectiva de derechos humanos en los procesos de digitalización y convergencia tecnológica de las telecomunicaciones, con el objeto de revertir la concentración de medios.

16. Denunciar públicamente las prácticas y los marcos regulatorios que inhiban la libre expresión a través de internet, en especial de los grupos excluidos o en situación de vulnerabilidad.

Las organizaciones que suscriben esta iniciativa son:

De El Salvador: Instituto de Derechos Humanos José Simeón Cañas Universidad Centro Americana (IDHUCA), Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), y la Asociación de Radios y Programas Participativos de El Salvador (ARPAS) De

Guatemala: Centro de Reportes Informativos (CERIGUA), Centro Cívitas y Sala de Redacción

De Honduras: Fundación Democracia Sin Fronteras y el Comité por la Libertad de Expresión

De México: Centro nacional de Comunicación Social (CENCOS)

De Nicaragua: Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), Fundación Violeta Barrios de Chamorro y el Centro de Investigación de la Comunicación (CINCO) Y ARTICLE 19.

FURTHER INFORMATION:

For more information please contact: Nicola Spurr, Senior Press Officer, nicola@article19.org, +44 20 7324 2500
ARTICLE 19 is an independent human rights organisation that works around the world to protect and promote the right to freedom of expression. It takes its name from Article 19 of the Universal Declaration of Human Rights, which guarantees free speech.

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