viernes, 25 de julio de 2008

BOLETIN DE PRENSA DE LA RED DE DERECHOS HUMANOS

El territorio de Bienes Comunales de San Martín Mexicapan, Oaxaca, es muy valioso, ya que dentro de él se encuentra parte de MONTE ALBAN mismo que está en poder del INAH y de la Dra. NELLY MARGARITA ROBLES GARCIA, quien se siente la dueña de acuerdo a las denuncias públicas hechas por los representantes comunales de San Martín Mexicapan y otras comunidades que sus tierras comunales se encuentran DENTRO del "POLÍGONO DE MONTE ALBAN".

Mediante Resolución Presidencial de fecha 5 de octubre de 1972, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de abril de 1973, se reconoció y tituló a favor de la comunidad de San Martín Mexicapan, Municipio de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, como BIENES COMUNALES, una superficie de 349-95-00 hectáreas, de terrenos en general. Así mismo, en la propia resolución se declaró que los terrenos comunales que se reconocieron y titularon a favor de dicha comunidad, son inalienables, imprescriptibles, inembargables y que solo para garantizar el goce y disfrute de los mismos por parte de la comunidad a quien pertenecen, se sujetaran a las limitaciones y modalidades que la Ley Agraria en vigor establece para los terrenos ejidales. Sin embargo, mediante Decreto de fecha 24 de noviembre de 1993 emitido por el entonces presidente de la República CARLOS SALINAS DE GORTARI y publicado el 14 de diciembre de 1993, en el que se declaró que la zona de MONTE ALBAN era zona de monumentos arqueológicos, con una superficie de 2050 hectáreas, que tiene por objeto proteger y difundir el patrimonio Arqueológico, histórico y Artístico de zonas y monumentos prehispánicos, dentro del cual quedaron englobadas 349 hectáreas de terrenos de propiedad comunal de San Martín Mexicapam, esto es, más de la mitad de la superficie total de tierras que le fue reconocida y titulada, y, en ejecución y cumplimiento de dicho decreto, el INAH conjuntamente con el Gobierno Federal y Estatal, delimitaron dicha superficie trazando una línea en la zona perimetral delimitada, amojonándola y finalmente, construyendo una barda con alambre de maya ciclónica, cemento y materiales pétreos, con la cual el INAH, materialmente se ha apropiado de manera totalmente ilegal y arbitraria y sin contar con el consentimiento de los comuneros de San Martín Mexicapam, de dicha superficie, en detrimento de los derechos de propiedad y posesión de la comunidad de San Martín Mexicapan, imponiéndole, por la vía de los hechos y al margen de toda legalidad, limitaciones a los derechos de propiedad y posesión, uso, disfrute y disposición, que tienen sobre dicha superficie los comuneros, lo cual resulta totalmente violatorio de garantías establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo celebrado por el Presidente de la República y debidamente aprobado por el Senado de la República, y, por tanto, constituido como ley suprema de toda la Unión, motivo por el cual se interpuso una demanda de amparo en contra de dicho decreto, que se está estudiando en el Juzgado Quinto de Distrito y que ya se encuentra para que el Juez dicte sentencia.

Es ilegal el decreto presidencial ya que por engaños a los representantes de los comuneros se les hizo firmar convenios en los que ellos estaban de acuerdo con el decreto, sin poder hacer uso, ni aprovechamiento de las tierras, a pesar de que se les dijo que podrían gozar de todos los beneficios que implicaría declarar MONTE ALBAN zona arqueología, como proyectos productivos para los comuneros, sin embargo, hasta el momento los únicos que se han beneficiado con esto han sido los administradores del INAH y la encargada del Centro, que es la Dra. NELLY MARGARITA ROBLES GARCIA, ya que son quienes regentean a los comerciantes, a las concesiones de transporte, la cafetería y demás negocios que se encuentran en la zona arqueológica de MONTE ALBAN.

En diferentes ocasiones el INAH ha pretendido que los representantes de bienes comunales firmen convenios con empresas como AURRERA y WALMART, para que éstas ocupen las tierras comunales con el pretexto de "reforestar" MONTE ALBAN, cuando que la ley de monumentos y zonas arqueológicas prohíbe que se realicen excavaciones y plantaciones en dicho lugar, convenios que los representantes de Bienes Comunales de San Martín Mexicapan se negaron rotundamente a firmar ya que no están dispuestos a ser despojados de las tierras comunales ni de entregarlas a empresas que quieren despojarlos de lo que es suyo, los comuneros no son invasores, ni fraccionadores, son los dueños de las tierras, legítimos comuneros y que están exigiendo el respeto a lo que es suyo por herencia de sus antepasados desde tiempos inmemoriables y que por derecho les pertenece.

LIC. ISRAEL OCHOA LARA

Asesor Jurídico de Bienes Comunales de San Martín Mexicapam.

COMISARIADO DE BIENES COMUNALES DE SAN MARTIN MEXICAPAM

CONSEJO DE VIGILANCIA DE SAN MARTIN MEXICAPAM

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