El Estado argentino ya reconoció su responsabilidad por la injusta condena
El Estado argentino ya reconoció la injusticia del fallo contra Kimel y asumió su responsabilidad internacional por la violación a su derecho de expresarse libremente, contemplado en
Durante la exposición de su caso ante
El periodista recordó que
Durante el proceso judicial en el país, la condena a Kimel fue revocada en 1998 por
“Este es un caso paradigmático, porque permite pensar que se puede lograr que las figuras legales de calumnias e injurias argentinas que se encuentran en los artículos 101 y 103 del Código Penal, se adecuen a los estándares internacionales. Esas figuras son ambiguas y demasiado amplias, lo que le permite a un juez condenar a una persona por realizar simples críticas”, destacó la abogada Andrea Pochak, directora adjunta del CELS.
En diálogo con
“Este proceso fue muy largo pero valió la pena. No por una cuestión personal, sino por lo que tiene que ver con la memoria colectiva. En estos años hubo muchos compañeros que me acompañaron, pero quiero recordar especialmente todo lo que hizo mi esposa Griselda Kleiner, quien falleció. Ella estuvo al lado mío, jamás me abandonó. Era una luchadora social, cordobesa, protagonista del ‘cordobazo’”, señaló Kimel.
“La masacre de San Patricio”, libro publicado por Kimel en 1989, investiga el asesinato de los sacerdotes palotinos Alfredo Kelly, Alfredo Leaden y Pedro Duffau, y los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti, el 4 de julio de 1976, durante la última dictadura militar.
En 1991 el periodista fue querellado por Guillermo Rivarola, quien como juez tuvo a su cargo la investigación en los años 1976 y 1997 y que luego fue camarista del fuero penal, por un breve párrafo que estaba dedicado a evaluar su actuación en aquellos años.
El párrafo señala que “el juez Rivarola realizó todos los trámites inherentes. Acopió los partes policiales con las primeras informaciones, solicitó y obtuvo las pericias forenses y las balísticas. Hizo comparecer a una buena parte de las personas que podían aportar datos para el esclarecimiento”.
Añade que “sin embargo, la lectura de las fojas judiciales conduce a una primera pregunta: ¿Se quería realmente llegar a una pista que condujera a los victimarios? La actuación de los jueces durante la dictadura fue, en general, condescendiente cuando no cómplice de la represión dictatorial. En el caso de los palotinos, el juez Rivarola cumplió con la mayoría de los requisitos formales de la investigación, aunque resulta ostensible que una serie de elementos decisivos para la elucidación del asesinato no fueron tomados en cuenta”.
Y concluye que “la evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa, llevándola a un punto muerto”.
En octubre de 1995, la jueza Angela Braidot, condenó a Kimel a un año de prisión en suspenso y a pagarle a Rivarola 20 mil dólares de indemnización, pero en noviembre de 1996, la sala VI de
En diciembre de 1998,
Fuente: Red Voltaire
Comentario: Inevitable recordar el caso de Lidia Cacho y el injusto fallo de
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