Laura Itzel Castillo
15 de julio de 2009
Borrás en la Corte
El día de ayer el Infonavit anunció que este año colocará medio millón de créditos mediante la captación de 10 mil millones de pesos, como resultado del endeudamiento obtenido por los certificados de vivienda, denominados Cedevis.
Lo que no dijo ayer el director del Infonavit, Víctor Manuel Borrás Setién, es que estos documentos son “créditos tóxicos”, como los denominaron en los Estados Unidos, a partir de la crisis hipotecaria generada en ese país de América.
Lo que tampoco informó Borrás es que durante junio estuvo muy activo por todos los pisos en la Suprema Corte de Justicia, con el objeto de impedir que se efectuara la sesión de la Segunda Sala, integrada por los ministros Margarita Luna Ramos, Genaro Góngora Pimentel, Mariano Azuela, Sergio Aguirre Anguiano y el presidente de la misma, Fernando Franco González Salas.
¿Qué hacía Víctor Manuel Borrás en la Suprema Corte? Defender los jugosos negocios de las empresas extranjeras Capmark y Scrap II, ahora propietarias de las viviendas de miles de familias trabajadoras en la República mexicana.
¿Cuáles son estas empresas? Capmark es una firma trasnacional creada por Gmac, brazo financiero de General Motors, que recientemente se declaró en quiebra, motivo por el cual el presidente de EU intervino para su rescate, para lo cual compró la mayoría de acciones.
¿Quién es el propietario de Scrap II?: es City Group a través de Gramercy. Este poderoso grupo, como sabemos, también fue intervenido por Barack Obama, y el resultado es que el gobierno de aquel país es accionista mayoritario.
El Consejo de Defensa de la Vivienda (CDV) presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación más de un centenar de amparos en contra de la venta de la cartera vencida a estas dos empresas extranjeras, bajo la argumentación de que la venta de créditos (casas habitadas) afecta directamente a los trabajadores derechohabientes de esta institución que reniega de ser organismo público descentralizado y que se asume orgullosamente como institución bancaria.
Según René Sánchez Galindo, abogado del CDV, permitir la venta de estos créditos significa violar el artículo 43 bis de la Ley del Infonavit, toda vez que las empresas antes citadas no tienen facultades fiscales para recaudar 5% del salario que el patrón está obligado a pagar al instituto, conforme lo estipula el artículo 29. ¿Acaso el Infonavit define a los estadounidenses como patrón? ¿Dónde quedó el 5%?
Quizá el que no se celebre la sesión de los ministros se deba a que tuvieron que irse corriendo de vacaciones y no tan sólo a las gestiones del director del Infonavit. Ya lo veremos.
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