Difusión Cencos México D.F., 15 de diciembre de 2009
Boletín de prensa
ARTICLE19
ARTICLE 19 lanzó el primer y único estudio global sobre la regulación civil de la difamación. Con base en dos años de investigación en 176 países, esta herramienta en línea contiene un mapa donde se puede realizar un recorrido del mundo para revelar que la libertad de expresión es seriamente vulnerada.
En este ejercicio de mapeo único, ARTICLE 19 muestra casos alrededor del mundo y sus sentencias por el pago de daños y evidencia como los casos civiles pueden limitar la libertad de expresión tanto como los derivados de acusaciones por delitos de difamación. “A través del mapeo a lo largo del mundo sobre la difamación en el ámbito civil ARTICLE 19 descubre contornos sobre la opresión, censura e intimidación legal que permanecían ocultos.” afirma la Dr Agnès Callamard, Directora Ejecutiva de ARTICLE 19. “Los hallazgos de nuestra investigación son escandalosos.”
El pago por daños desproporcionados, junto con los altos costos legales, significan que periodistas y otros enfrentan riesgos enormes al investigar sobre cuestiones como la corrupción, el crimen, y las decisiones políticas. Al enfrentar la posibilidad de perder el modo de ganarse la vida o llevar a la bancarrota a un periódico, pueden fácilmente elegir la autocensura sobre el interés público.
Un gran número de organizaciones de derechos humanos y organismos inter-gubernamentales, incluyendo el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la OSCE, han reconocido que el tratamiento de la difamación como un delito es un límite injustificado a la libertad de expresión. El Reino Unido recientemente realizó acciones hacia la despenalización de la difamación.
“Esta es una llamada de alerta,” continua Callamard. “La despenalización de la difamación en un paso crucial en la protección al derecho a la libertad de expresión. Pero igualmente crucial es la reforma para regular la figura de la difamación en el ámbito civil, la cual tiene que acotarse, prever sanciones proporcionales y considerar el interés público en el centro.”
El promedio del monto por pago de daños más elevado entre los 176 países analizados es la vasta suma de $471,221 dólares, es decir 37 veces el promedio del Producto Interno Bruto Per cápita en los mismos países considerados. Mientras que EUA es el país que condenó al pago de daños con el monto más elevado con una suma de $7 millones en un caso, cortes en India y Pakistán también fijaron el pago de daños con montos multimillonarios. El promedio de casos de difamación fue de 160 por año, pero Suecia, Rusia, Alemania y Polonia procesan varios miles de casos.
Las leyes de difamación pueden servir a un propósito legítimo, el de proteger la reputación ante un ataque injustificado y está reconocido en el derecho internacional como una restricción válida a la libertad de expresión. El estudio de ARTICLE 19 muestra, sin embargo, que los casos de difamación en el ámbito civil pueden estar motivados políticamente y ser utilizados para inhibir el periodismo de investigación, particularmente sobre asuntos relacionados con partidos políticos o corrupción. Demandas por daños a la reputación frecuentemente son desproporcionadas, teniendo como resultado el que periodistas y editores y editoras vacilen en realizar periodismo crítico para mantenerse seguros y evitar la posibilidad de costosas demandas en su contra.
En Brasil, por ejemplo, el periodista Luiz Flavio Pinto fue condenado este año al pago de daños y costas legales con un monto total de $20,000 dólares en una de dos docenas de demandas presentadas contra él por la familia Maionara. El monto del pago de daños en este caso equivale a más del ingreso anual de su periódico. También en España, el ex editor de un periódico, Patxi Ibarrondo, fue condenado al pago de daños en 2007 por un monto del 12 por ciento mensual de la pensión que recibe por discapacidad al secretario general de un partido político.
• Para ver el mapa de difamación en línea: www.article19.org/advocacy/defamationmap/map/?dataSet=civil_defamation
Fuente: CENCOS
Difusión: Soberanía Popular
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