Ciudad de México, 25 de agosto de 2009
Sr. Felipe Calderón Hinojosa
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
PRESENTE
Respetado señor,
El 10 de agosto pasado, en el contexto del encuentro de mandatarios de América del Norte, celebrado en Guadalajara, Jalisco, usted realizó la siguiente declaración: "En esa lucha por la seguridad de los mexicanos, por supuesto que tenemos como una condición inquebrantable la protección de los derechos humanos de todos, de las víctimas y de los propios criminales, así ha sido y así seguirá siendo la actuación de la Policía Federal, del Ministerio Público y de las fuerzas armadas. En todos los casos, en todos, ha habido un escrupuloso esfuerzo por proteger los derechos humanos y quienes señalen lo contrario están obligados a probar un caso, un solo caso en el que no haya actuado la autoridad, en que se hayan violado los derechos humanos, en que no hayan respondido las autoridades competentes para castigar a quienes hayan abusado de sus competencias legales, sean policías, sean soldados o cualquier otra autoridad."
Con relación a su pronunciamiento y al llamado realizado en éste, las organizaciones abajo firmantes consideramos de vital importancia hacer de su conocimiento los siguientes siete casos de abuso militar ocurridos durante el año 2009 en el contexto de la lucha contra la delincuencia organizada, esperando por su parte una respuesta sobre las investigaciones que su gobierno ha iniciado para sancionar a los responsables de estos graves hechos.
1. Agosto de 2009. Dos jóvenes detenidos arbitrariamente y torturados por el Ejército en Cuernavaca, Morelos
La Comisión Independiente de Derechos humanos de Morelos, AC recibió la queja presentada por los jóvenes Silverio Iván Jaimes Filio y Jorge Raúl Jaimes Jiménez, de 22 años y 23 años de edad respectivamente, por la detención arbitraria, confinamiento en instalaciones militares, tortura física y psicológica, amenazas de muerte y de violación sexual, amenazas contra familiares en caso de denuncia y robo de sus pertenencias, por lo que presentaron formal denuncia ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Morelos, turno Sector central-Juicios orales, quedando iniciada la Carpeta de Investigación SC01/6398/2009.
Silverio Iván y Jorge Raúl refieren que el 14 de agosto del presente año, alrededor de las 10 de la noche, llegaron a un semáforo en un crucero. Se cruzaron con cuatro peatones, quienes les obligaron a frenarse y los comenzaron a golpear. A continuación llegó un camión Dina número 1004276 y elementos de una patrulla de la Policía Federal Preventiva, quienes cortaron cartucho y los obligaron a bajar del auto. Les dijeron que no sabían con quién se había metido, que eran del Ejército federal. Sin más, los subieron al camión, los aventaron boca abajo y se los llevaron. Los torturaron diciéndoles que los iban a matar, que los llevarían a Filo de Caballo y que los dejarían colgados boca abajo, que los aventarían al agua y que si decían que pertenecían al Ejército tomarían represalias contra su familia, pues ya conocían sus datos. Llegaron a un lugar que creen que era el Campo Militar, ahí los interrogaron torturándolos, exigiéndoles que les dieran el nombre de alguien que vendiera droga. "Amenazaban con violarnos diciendo que nos iban a llevar con un negro bien grandote y nos pegaban con la rodilla en la espalda y también con una tabla, cortaban cartucho y nos dijeron que nos iban a aplicar descargas eléctricas en las manos y en las ingles. Y que si los denunciábamos nos iba a ir peor, que a ellos no les harían nada porque son militares."
A Silverio Iván y a Jorge Raúl además, les quitaron todas sus pertenencias: dinero, celulares, documentos. Luego de haberlos torturado, al no obtener ninguna confesión, los dejaron en un paraje de “Monte Casino”, rumbo al municipio de Huitzilac- Morelos. "De ahí nos fuimos a presentar la denuncia a la Procuraduría como a la 1:30 de la madrugada”, narró Silverio Iván a la Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos.
2. Junio de 2009. Julio César Magdaleno Meza, policía ministerial arraigado y torturado en el cuartel militar "Morelos", Mexicali, Baja California
En julio de 2009 la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos tuvieron conocimiento del caso del señor Julio César Magdaleno Meza, quien era agente de la policía ministerial del estado de Baja California, adscrito al grupo contra robo de vehículos de la ciudad de Mexicali.
El 24 de junio el jefe de grupo de la policía ministerial, "Soto Soto", le informó al señor Magdaleno que se tenía que presentar en las instalaciones de dicha policía y que debía permanecer ahí hasta nueva orden, junto con otro compañero. Una vez ahí, se les ordenó entregar sus armas y se les informó que serían trasladados a la Dirección de Asuntos Internos en la ciudad de Mexicali para presentarlos en calidad de detenidos, sin explicar el motivo.
Ya en la Dirección, una licenciada de nombre Nancy, agente del ministerio público, les comunicó que estaban ahí para declarar en calidad de testigos respecto a una privación ilegal de la libertad ocurrida el día 23 de junio y que podían retirarse del lugar. Al salir de la dependencia, se les comunicó que serían trasladados a la comandancia para una diligencia; en el vehículo que los trasladaría se intentó esposarlos. Al percatarse de que lo que estaba sucediendo era una detención ilegal, el señor Julio Magdaleno corrió a refugiarse a las oficinas de Asuntos Internos, sin embargo, la licenciada Nancy le dijo que era sólo un procedimiento de investigación y que tenía que acceder.
Al llegar al retén militar ubicado sobre la carretera Mexicali – Tijuana, un vehículo del ejército mexicano con aproximadamente ocho soldados a bordo, portando armas de asalto, se unieron al convoy parar llevarlos al cuartel militar "Morelos" en la ciudad de Tijuana.
Una vez en el cuartel, fueron llevados a un cuarto por elementos del Ejército y fueron sometidos a tortura, tratos crueles, degradantes e inhumanos: los hincaron y les taparon la cara, los ojos y parte de la nariz con cinta adhesiva, les amarraron las manos por detrás y les subieron la camisa a la cara. Poco después le ordenaron al señor Julio Magdaleno que se levantara y lo encaminaron otro cuarto en el que lo acostaron en un colchón pequeño, le vendaron los ojos, le pusieron algodón en las fosas nasales, le amarraron de pies y brazos con cinta adhesiva, lo taparon con una cobija y una persona le dijo: “a ver puto ahí te va esta madre” y le colocaron una bolsa en la cara para asfixiarlo y al quitarle la bolsa le preguntaban: “a ver hijo de tu puta madre ¿para qué cártel trabajas?”, a lo que el señor Magdaleno respondió que para ninguno. Lo volvieron a asfixiar varias veces y lo
golpearon fuertemente en la cara y en el estómago al mismo tiempo, mientras le detenían las piernas.
Al respecto, el señor Julio Magdaleno expresa: “me quitaron la bolsa después de varios segundos (…) torturándome una y otra vez con la bolsa, sintiendo (yo) una desesperación terrible (…), sentía simplemente que iba a morir, es algo que no le deseo a nadie, es terrible, éstas personas a las cuales nunca vi me obligaron con tortura a decir nombres de agentes de la policía ministerial que ni siquiera conozco bien, con los cuales no tengo ninguna relación más que laboral ”.
Posteriormente el señor Magdaleno fue llevado a otro cuarto, en el que escuchó a alguien escribir en una computadora. Además, señala que para que no lo siguieran torturando tuvo que declarar en falso en relación a los hechos ocurridos el martes 23 de junio. Luego del interrogatorio, el señor Magdaleno fue subido a una camioneta, junto con el otro agente torturado, por agentes de Homicidios Dolosos de Tijuana. Después abordaron otro vehículo junto con agentes antisecuestros de Mexicali y fueron trasladados al Ministerio Público de Asuntos Internos para presentar su declaración ante la licenciada Nancy; ahí fueron asistidos por un abogado de oficio y declararon los hechos de tortura que vivieron en el cuartel militar. El día 25 de junio fueron liberados.
Actualmente, el señor Magdaleno tiene secuelas físicas y psicológicas por las torturas sufridas en el cuartel militar. Asimismo, tuvo que huir de Mexicali ya que después del 25 de junio agentes del grupo antisecuestros comenzaron a buscarlo, a seguir a su esposa en la calle, a tomarle fotografías a su casa y a sus familiares. Además, fue suspendido de su trabajo argumentando “pérdida de confianza”.
La denuncia de hechos fue presentada el 10 de julio pasado ante la delegación de la Procuraduría General de la República de la ciudad de Tijuana y ante la Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California, el 7 del mismo mes, todavía no se tiene respuesta de ninguna de las dos dependencias.
3. Junio de 2009. Ejecución Extrajudicial de Bonfilio Rubio Villegas, en Tlapa de Comonfort, Guerrero
El 20 de junio del 2009, efectivos del 93 Batallón de Infantería con sede en Tlapa de Comonfort, Guerrero, mataron al indígena nahua Bonfilio Rubio Villegas en un retén militar. Ese día, aproximadamente a las 22:30 horas, un retén militar ubicado en el crucero de Santa Cruz, Huamuxtitlán, Guerrero, ordenó la parada a un autobús de pasajeros que circulaba de Tlapa de Comonfort con dirección a Huamuxtitlán, en el Estado de Guerrero, en México. De acuerdo con las declaraciones por escrito de los militares ante el Ministerio Público, de fecha 21 de junio, el chofer del autobús se detuvo para ser revisado cuando elementos del ejército le solicitaron que parara.
Los soldados instalados en el retén militar revisaron a todos los pasajeros del autobús, incluido al chofer. Uno de los pasajeros, un joven indígena de nombre Fausto Saavedra Valera portaba unas botas de tipo militar por lo que lo detuvieron. El chofer del autobús solicitó al ejército que anotaran en su libreta que el propietario del las botas quedaría a disposición del ejército.
Al parecer, los soldados se habrían molestado porque el chofer se atrevió a cuestionarlos y a solicitarles que anotaran la detención de Fausto. Los elementos del ejército finalmente accedieron a anotar en la libreta del chofer que detenían a Fausto, y le indicaron al chofer que continuara su camino. El autobús emprendió su camino y a los pocos metros, los soldados comenzaron a disparar en contra del autobús lleno de pasajeros.
El chofer declara que escuchó ruidos y que no imaginó que los soldados estuvieran disparando contra el autobús. Pero posteriormente se hizo un caos, la gente en el autobús comenzó a gritar “acelere chofer” otros gritaban “pare chofer”. Su instinto le dijo que tenía que acelerar para escapar de las balas. Varias balas alcanzaron al autobús y una asesinó instantáneamente al indígena nahua Bonfilio Rubio. El autobús tiene marcas de cinco proyectiles, los cuales provinieron de las armas de uso exclusivo del ejército pertenecientes a los soldados del 93 batallón de infantería.
La Procuraduría General de Justicia del Estado revisó el autobús, encontraron sólo el cuerpo de Bonfilio, y de acuerdo con los reportes del expediente no encontraron nada anormal en el autobús, ni droga ni armas. Bonfilio tenía dos boletos de autobús, al parecer había perdido el autobús que salía más temprano, también tenía una ficha en la que se señalaba que había retirado de una cuenta de ahorro 20,000 pesos de Elektra que probablemente usaría para pagar al pollero (el dinero no se encontró).
Posteriormente, el ejército detuvo al conductor del autobús y en un comunicado de prensa la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) acusó al chofer de “portar 10 kilos de mariguana” a pesar de que en la revisión realizada a las 22:30 cuando todos los pasajeros, incluido el chófer descendieron del autobús para ser revisados, los soldados no reportaron el hallazgo de droga. Posterior al asesinato de Bonfilio la PGJE revisó el autobús y tampoco reportó el hallazgo de droga.
De acuerdo con la versión oficial de la 35 Zona militar de la SEDENA, “en un retén militar (…) le pidieron al chofer el autobús de pasajeros de la línea Sur con el número económico 45 que se parara, pero se negó y siguió su camino. Los militares hicieron disparos al aire para que el conductor del autobús se detuviera, pero continuó conduciendo y los soldados le dieron alcance diez minutos después sobre la carretera, donde se logró detener al chofer1”.
No obstante, según las declaraciones de los propios soldados ante el ministerio público, el autobús se detuvo y fue revisado. Los proyectiles de bala en el autobús, por su parte, así como la bala en el cuello de Bonfilio son evidencia de que los disparos no fueron realizados al aire.
4. Junio de 2009. Torturados, en Coyuca de Catalán, Guerrero
El martes 9 de junio de 2009 cientos de militares irrumpieron en las comunidades de Puerto de la Ollas, Las Palancas y El Jilguero en el municipio de Coyuca de Catalán en la Sierra Madre del Sur que se encuentra en la región Tierra Caliente de Guerrero.
El día siguiente, 10 de junio de 2009 llegaron a la comunidad refuerzos militares, sumando unos 500 efectivos, quienes aterrorizaron a la población durante cinco días; hostigando, amenazando, golpeando y torturando a hombres, mujeres, niños, ancianos y una persona discapacitada. Los testimonios de la población afirman que los soldados robaron y destrozaron propiedad. Asimismo, los testigos manifiestan que los soldados dispararon contra los hombres y varones adolescentes que se escaparon al monte para refugiarse.
O. G., de 14 años, que no pudo escapar al monte fue torturado durante tres horas el día martes 9 de junio cuando arribaron los soldados. Los soldados le dieron toques eléctricos en el cuerpo, le vendaron los ojos, le taparon la cabeza con una bolsa de plástico, lo golpearon en diversas partes del cuerpo, y lo amenazaron con castración.
Finalmente, los soldados lo dejaron en estado convulsivo por la tortura efectuada. C.A., de 33 años, quien sufre secuelas de un derrame cerebral desde hace 2 años, refiere que el ejército lo torturó y golpeó durante tres horas. Los soldados le picaron con agujas debajo de las uñas de los dedos de la mano, le dieron golpes con ambas palmas de mano en sus oídos, le cubrieron el rostro con una bolsa de plástico, le golpearon en las sienes y costillas, le amenazaron de toques eléctricos en pezones y con meterlo a la cárcel si denunciaba. Ambos casos ya se encuentran en proceso ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
5. Abril de 2009. 25 policías municipales arraigados y torturados en el cuartel militar, "Aguaje de la Tuna", Tijuana, Baja California
En abril de 2009 la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste (CCDHN) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) tuvieron conocimiento del caso de 25 policías arraigados durante 40 días en el 28vo Batallón Militar denominado "Aguaje de la Tuna", dependiente de la II Región Militar del estado de Baja California, donde fueron sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes por parte de elementos del Ejército. Existen testimonios de puño y letra.
Desde su detención hasta su traslado al penal de Nayarit, el proceso ha estado plagado de irregularidades: nunca supieron por qué fueron detenidos, no medió orden de aprehensión o flagrancia, fueron sometidos a actos de tortura para arrancarles confesiones y hacerlos firmar declaraciones que nunca pudieron leer, incluso hojas en blanco; con base en estos documentos se les inculpó de delitos que aseguran no haber cometido. Además, los acusados fueron víctimas de hostigamiento e incomunicación ya que fueron privados del derecho a realizar una llamada telefónica para dar aviso de su situación a sus familiares. Una vez que los familiares pudieron hacer contacto con ellos -7 días después de su detención en el cuartel militar-, sólo podían visitarlos por cinco minutos una vez a la semana, y durante las visitas siempre fueron vigilados por un soldado que anotaba sus conversaciones.
En los primeros días de la detención se les nombró un defensor de oficio, quien incurrió en diversas irregularidades, viciando su derecho a una defensa adecuada. Luego de esas diligencias fueron obligados a firmar hojas previamente elaboradas, cuyo contenido desconocían.
Los familiares interpusieron un amparo ante el Juzgado de Distrito en materia penal del Estado de Baja California en contra de la privación ilegal de la libertad de los 25 agentes; sin embargo, no fue concedido.
Posteriormente se interpuso y concedió un amparo en contra de su traslado, pero las autoridades civiles y militares no hicieron caso de la decisión del juez, por lo que, custodiados por agentes de la PGR y militares armados, el 7 de mayo los 25 agentes arraigados, algunos esposados y otros amarrados de pies y manos, fueron obligados a subir a un avión Hércules, mientras sus familiares, impotentes y amenazados con armas, gritaban y lloraban ya que no sabían a donde los llevarían.
En abril los familiares interpusieron una queja ante la Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana del Estado de Baja California. Posteriormente se presentó la queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos. En mayo interpusieron una denuncia penal ante la Procuraduría de Justicia del estado de Baja California en contra del secretario de seguridad pública; hasta la fecha no han recibido respuesta.
Dada la gravedad de la situación descrita, el 8 de mayo del presente año la CCDH y la CMDPDH presentaron una solicitud de medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) —con sede en Washington— en favor de los 25 agentes en cuestión, para que requiera al Estado mexicano adopte de manera inmediata las medidas necesarias que protejan la vida e integridad física, psicológica y moral de los 25 policías, así como de sus familias, y que evite que éstos continúen siendo sometidos a tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes; que se revierta el estado de incomunicación en el que se encuentran y se permita la visita de sus familiares y abogados. Además, se solicitó a la CIDH que pida al Estado mexicano un informe detallado sobre sus condiciones de salud y su situación jurídica.
6. Abril de 2009. Desaparición forzada de Isaías Uribe Hernández, por presuntos militares, en Torreón, Coahuila
El día 5 de abril de 2009, en Torreón, Coahuila, el médico veterinario, Isaías Uribe Hernández, salió con Juan Pablo Alvarado Oliveros, otro médico veterinario, en su camioneta a comprar agua y ya no regresó. Al día siguiente, su esposa, Claudia Soto Rodríguez, fue a casa de Juan Pablo, para preguntar por su esposo, pero la madre de éste no sabía nada de ninguno de los dos médicos.
Junto con su padre, Claudia Soto buscó a Isaías en los separos de la policía municipal, en la Cruz Roja y en la morgue sin encontrarlo. Esa tarde, al platicar con vecinos del lugar donde se encontró la camioneta de Juan Pablo, supieron que alrededor de las 2:30 de la mañana se escucharon disparos, aparentemente derivados de una detención que realizaban militares, también escucharon a alguien gritar “párate cabrón, no corras pon las manos en la cabeza”. A la mañana siguiente los vecinos se dieron cuenta de quién era la camioneta, que tenía siete impactos de bala y rastros de sangre en los asientos; buscaron casquillos pero no había nada. Los peritos investigadores a su vez encontraron y aseguraron 40 casquillos, lo cual se contradice con los testimonios de los vecinos, quienes fueron los primeros en llegar al lugar de los hechos.
Posteriormente, la madre de Juan Pablo, Claudia Soto y su padre se trasladaron a la Fiscalía del estado de Coahuila a presentar una denuncia, pero hasta la fecha no ha habido respuesta. El 6 de abril la familia de Isaías y la de Claudia fueron al Campo Militar La Joya para pedir información sobre el paradero de los médicos. Les llamó la atención que la persona que los atendió dijo llamarse de una forma mientras en su camisa ostentaba un nombre diferente. Esta misma persona les comunicó que ellos no los habían detenido y en repetidas ocasiones les reiteró: "tengan paciencia y sean prudentes".
Al intentar presentar la denuncia ante la Procuraduría General de la República, ésta no la aceptó, declarándose incompetente sin referir motivo alguno.
Se ha interpuesto denuncia ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila y en la Comisión Nacional de Derechos Humanos. El 1 de julio la Comisión de Derechos Humanos del Senado, a través de su presidenta la senadora Rosario Ibarra, presentó un punto de acuerdo por el que se solicitó a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de la Defensa Nacional que investiguen y esclarezcan la desaparición de Isaías Uribe Hernández. Se continúa a la espera de la respuesta.
7. Marzo de 2009. Ejecución extrajudicial de cuatro civiles, en las inmediaciones de Santiago de los Caballeros, Sinaloa.
Elementos del ejército mexicano abrieron fuego la noche del miércoles 26 de marzo contra el vehículo en el que viajaban Edgar Geovanny Araujo Alarcón (28 años), Zenón Alberto Medina López (30 años), Manuel Medina Araujo (29 años) e Irineo Medina Díaz (53 años), Miguel Ángel Medina Médina (31 años) y Wilfrido Ernesto Madrid Medina (22 años). Los primeros cuatro murieron en el acto; los dos últimos resultaron heridos y fueron detenidos arbitrariamente. Las pruebas confirmaron que las víctimas no iban armadas ni realizaban ninguna conducta ilícita. Se trató de una privación arbitraria de la vida perpetrada por militares en contra de un grupo de civiles, violación grave a los derechos humanos y delito sancionado por la ley penal como homicidio.
Los familiares de las víctimas en su carácter de ofendidos, desconocieron el estado que guardaba la averiguación previa abierta. Para el 29 de abril la autoridad civil ya había declinado la competencia para conocer los hechos en favor de la justicia militar y en este fuero se comenzó a integrar la averiguación previa 9ZM/017/2008. El viernes 4 de abril por la noche, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) dio a conocer un boletín en el cual afirmó que la Procuraduría General de Justicia Militar había consignado la averiguación previa ante el juez militar de la III Región Militar de Mazatlán, Sinaloa, en contra del teniente de infantería Víctor Ruiz Martínez, del cabo de infantería Antonio Rojas Reyes; del soldado de infantería Jorge Jiménez Castañeda; del soldado de infantería Misael Solano Muñoz; y del soldado de infantería José Francisco Balam May. Posteriormente la SEDENA informó que el juez militar de la III Región había dictado auto de formal prisión a sus elementos como probables responsables en la comisión del delito de violencia contra las personas causando homicidio, violencia contra las personas causando lesiones, homicidio imprudencial y lesiones imprudenciales. No se han conocido avances en estos procesos para llegar a una sentencia.
Por su parte, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) integró el expediente de queja CNDH/2/2008/1287/Q. El 11 de julio de 2008 se hizo pública la recomendación 036/2008, relativa a los hechos, en la que se acreditan graves violaciones a derechos humanos cometidas en agravio de las víctimas; concretamente, uso excesivo de la fuerza pública y de las armas de fuego; detención arbitraria; violación al derecho a la vida y a la integridad física; violación a los derechos de legalidad y seguridad jurídica. No obstante, la CNDH no se pronunció sobre la necesidad de juzgar a los responsables en el ámbito civil.
Los familiares de las víctimas no tuvieron acceso al expediente de la causa y desconocen el avance del procesamiento de los responsables. En estas circunstancias, con la representación del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, FUNDAR Centro de Analisis e investigación y el Frente Cívico Sinaloense, acudieron ante la justicia federal para presentar una demanda de amparo en contra de la abdicación de competencia por las autoridades civiles y la asunción de la misma por las militares; en su demanda alegaron que la norma en que esos actos se fundamentaron es inconstitucional. Tres juicios de amparo fueron abiertos.
Uno de ellos se desechó por notoriamente improcedente. Los otros dos, aunque se admitieron a trámite, se sobreseyeron. Frente a esta decisión, se interpuso el recurso de revisión y se solicitó que éste fuera atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para ser resuelto.
El 10 de agosto de 2009, en votación dividida, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó el sobreseimiento del amparo en revisión 989/2009, promovido por Reynalda Morales, viuda de Zenón Alberto Medina López, en el que se impugnaba la extensión del fuero militar a aquellos delitos que agravian a civiles y que constituyen violaciones graves a los derechos humanos. La mayoría de los ministros sostuvo que las víctimas no pueden solicitar a la justicia federal que revise si los militares son o no competentes para investigar violaciones a derechos humanos cometidas contra civiles.
La decisión de la SCJN al cancelar la posibilidad de que las víctimas civiles de abusos militares acudan al amparo para evitar que los militares se juzguen a sí mismos cierra a las propias víctimas el acceso a un recurso efectivo y a la protección judicial pues les impide acceder a un tribunal independiente e imparcial. Con este fallo de la Suprema Corte queda cerrada la vía jurídica a todas las víctimas de abusos militares en el país, puesto que no existe ninguna otra figura legal o recurso interno a través de la cual sea posible demandar que se respete el derecho a una investigación y juicio independiente e imparcial por autoridades civiles en casos de abusos militares.
Señor Presidente, las organizaciones no gubernamentales abajo firmantes, consideramos que los casos referidos son una muestra de graves violaciones a los derechos humanos cometidas por el Ejército mexicano en el contexto de la lucha contra el crimen organizado. Asimismo, la descripción de los hechos reafirma un patrón de conducta en el que se violan sistemáticamente diversos derechos: el derecho a un debido proceso, derecho la presunción de inocencia, derecho a una defensa adecuada y derecho a no ser obligado a declararse culpable y sin coacción; así como el sometimiento a tratos crueles, inhumanos y degradantes (tortura), privación ilegal de la libertad y desaparición forzada.
De esta forma damos respuesta a su exhorto realizado el día 10 de agosto de 2009, y solicitamos de su parte una declaración puntual sobre el avance de las investigaciones y el castigo efectivo a los culpables, todo lo cual “constituiría un escrupuloso esfuerzo por proteger los derechos humanos”, tal y como Usted lo manifestó públicamente.
Sin más por el momento, quedamos a la espera de su respuesta.
Atentamente,
Abel Barrera Hernández
Director Ejecutivo del Centro De Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan
Julinana G. Quintanilla
Coordinadora General de la Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, A.C.
Juan Carlos Gutiérrez Contreras
Director General de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C.
Luis Arriaga Valenzuela, sj.
Director del Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez” A.C.
Raúl Ramírez Baena
Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste A.C.
------------------------------------
Ccp. General Guillermo Galván Galván, Titular de la Secretaría de la Defensa Nacional.
General Jaime Antonio López Portillo, Director de Derechos Humanos de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Fernando Francisco Gómez Mont Urueta, Titular de la Secretaría de Gobernación.
Juan Manuel Gómez Robledo, Subsecretario para los Derechos y Democracia de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Alberto Brunori, Representante en México de la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
José Manuel Vivanco, Director para las Américas de Human Rigths Watch.
Santiago Cantón, Secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Manfred Nowak, Relator Especial de Naciones Unidas sobre la tortura y otros tratos, crueles, inhumanos y degradantes.
Philip Alston, Relator Especial de Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias.
Manuela Carmena Castrillo, Presidenta Relatora del grupo de trabajo sobre detención arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario